Debe existir una
especie de ‘silencio’ electoral.
Elespectador
Los candidatos al
Congreso de la República tienen una serie de restricciones al acercarse el día
de las elecciones.
Estas restricciones
iniciaron después de la media noche del domingo y tienen por objeto que en el
silencio electoral, los ciudadanos puedan reflexionar y analizar con calma las
propuestas de los diferentes candidatos en contienda.
La MOE presentó las
prohibiciones que tienen los candidatos al Congreso en esta semana.
I. REUNIONES POLÍTICAS EN ESPACIO PÚBLICO.
El domingo 2 de marzo
es la fecha límite para los cierres de campaña en lugares públicos. A partir
del lunes 3 de marzo hasta el lunes 10 de marzo los candidatos no pueden llevar
a cabo reuniones en espacio público, manteniéndose la posibilidad de hacerlas
en espacios privados.
II. PROPAGANDA ELECTORAL Y PROGRAMAS DE OPINIÓN
En la semana pre
electoral está permitido que las y los candidatos sean entrevistados, de igual
manera pueden participar en programas de opinión.
En lo concerniente a la
propaganda electoral, hasta el sábado 8 de marzo está permitida su distribución
y difusión.
El día de elecciones se
prohíbe toda clase de propaganda, manifestaciones y comunicados con fines
político-electorales a través de radio, prensa y televisión, así como,
propaganda móvil, estática o sonora. Es así como los candidatos no podrán
colocar nuevos carteles, pasacalles, vallas y afiches destinados a difundir su
nombre y/o propuestas de campaña, así como su distribución a través de cualquier
tipo de vehículo terrestre, nave o aeronave.
Asimismo, los
ciudadanos no podrán portar camisetas o cualquier prenda de vestir alusiva a
propaganda política, afiches, volantes, gacetas o documentos similares que
inviten a votar por determinado candidato.
En lo referente a los
medios de comunicación, estos nos podrán trasmitir el 9 de marzo propaganda
política y electoral, ni realizar o publicar encuestas, sondeos o proyecciones
electorales.
III. ESPACIOS GRATUITOS DE RADIO Y TELEVISIÓN
Hasta dos días antes de
las elecciones (7 de marzo de 2014) los partidos y movimientos políticos, las
organizaciones sociales y grupos significativos de ciudadanos pueden hacer uso
de los espacios gratuitos de radio y televisión
Las restricciones
anteriormente mencionadas se encuentran en la Ley 130 de 1994 que hace
referencia a la prohibición de propaganda electoral y encuestas en el día de
las elecciones; la Ley 163 del 1994 que regula la publicidad del día de los
comicios y finalmente, la 1475 de 2011 que establece los parámetros para el uso
de los espacios gratuitos de radio y de televisión. Para complementar las leyes
anteriormente mencionadas, el Ministerio del Interior expidió el Decreto 415 de
2014 que regula los aspectos relacionados a orden público.
Por otra parte la ley seca comienza el sábado 8 de marzo a
las 6:00 pm y termina el lunes 10 de marzo a las 6:00 am. El porte de armas se
restringe desde el viernes 7 de marzo hasta el miércoles 12 de marzo. El
decreto de orden público que expiden las distintas alcaldías puede restringir
la circulación de motocicletas, automotores y embarcaciones. En el caso de las
motocicletas, el decreto puede restringir el uso de parrilleros.