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martes, 18 de marzo de 2014

POR DESCONOCER EL DERECHO DE RETRACTO EN VENTAS A DISTANCIA (VENTA TELEFÓNICA), SUPERINDUSTRIA CONDENA JUDICIALMENTE A MAILEX S.A.S.


Bogotá, D.C., Marzo 18 de 2014. La Delegatura para Asuntos Jurisdiccionales de la Superintendencia de Industria y Comercio (SIC), mediante Sentencia Judicial No. 156 de 2014, ordenó a la sociedad MAILEX S.A.S. restituir a una consumidora el ciento por ciento (100%) del valor pagado por la compra de una máquina para realizar ejercicio ($2.999.990) y le impuso una multa de CINCUENTA Y CINCO MILLONES CUATROCIENTOS CUARENTA Y CUATRO MIL PESOS ($ 55.440.000) equivalentes a NOVENTA SALARIOS MÍNIMOS LEGALES MENSUALES VIGENTES (90 SMLMV), por desconocer el derecho de retracto previsto en el Estatuto del Consumidor y ejercido oportunamente por una consumidora.
El caso judicial
La demanda judicial fue instaurada el 19 de abril de 2013 por una consumidora con domicilio en Cali que había comprado a MAILEX S.A.S. una máquina para hacer ejercicio (trotadora) en diciembre de 2012 mediante venta telefónica por un valor de $2.999.990 y con lo que además se le obsequiaría gratis un televisor de 24 pulgadas y un reloj de electroplata para mujer.
Con posterioridad a la venta a distancia (venta telefónica), la consumidora se arrepintió y tres (3) días después, ejerció el derecho de retracto previsto en el artículo 47 del Estatuto del Consumidor (Ley 1480 de 2011) mediante el envío de una comunicación a la vendedora manifestando hacer "uso de mi derecho de retracto en la compra…" solicitando "se cancele la transacción y se abstengan de enviar los productos de la referencia".
Teniendo en cuenta que la sociedad MAILEX S.A.S., en su condición de vendedora, no dio respuesta a la solicitud de retracto de la consumidora ni reintegró el dinero pagado dentro de los treinta (30) días calendario siguientes, como era su obligación legal, la consumidora interpuso una demanda judicial ante la Superintendencia de Industria y Comercio para la protección de sus derechos.
Al ser notificada la sociedad demandada, ésta guardo silencio (no contestó la demanda) y en la sentencia, la Superindustria sentenció que la sociedad MAILEX S.A.S. vulneró el derecho de retracto previsto en el Estatuto del Consumidor y, en consecuencia, ordenó la devolución del ciento por ciento (100%) del dinero pagado por la consumidora ($2.999.990) e impuso una multa de CINCUENTA Y CINCO MILLONES CUATROCIENTOS CUARENTA Y CUATRO MIL PESOS ($ 55.440.000) correspondientes a NOVENTA SALARIOS MÍNIMOS LEGALES MENSUALES VIGENTES (90 SMLM).

La decisión de carácter jurisdiccional adoptada por la Superintendencia de Industria y Comercio a favor de la consumidora es de inmediato cumplimiento y contra ella no se interpuso recurso alguno, habiendo quedado debidamente ejecutoriada.

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