El Ministerio Público
considera que los mandatarios estarían extralimitándose en el ejercicio de sus
funciones administrativas.
La Procuraduría General
de la Nación recomendó a los mandatarios de ocho municipios del país no
realizar el proceso de consulta popular para decidir si se prohíben las
actividades de extracción de recursos naturales no renovables, por ser esta una
actividad que le compete adelantar exclusivamente al presidente de la
República.
El pronunciamiento
surge en el marco de un acompañamiento preventivo al proceso de consulta a la
ciudadanía que pretenden realizar los municipios de Tauramena, Monterrey,
Recetor, Nunchía, Paz de Ariporo, Aguazul, Hato Corozal y Yopal, todos en el
departamento de Casanare.
Advierte el Ministerio
Público que en este caso en particular, la consulta involucra los recursos
naturales no renovables. De acuerdo con las normas vigentes estos son de
propiedad del Estado a quien le corresponde planificar su manejo y
aprovechamiento. Por lo tanto, “solamente sería competente para convocar una
consulta popular, que tenga origen en la Rama Ejecutiva del poder público y que
involucre el aprovechamiento de recursos naturales no renovables, el presidente
de la República”.
No obstante, esto no
significa que las autoridades locales no puedan exigir al Gobierno Nacional que
el manejo, aprovechamiento y fiscalización a las actividades extractivas se adelante
de manera eficiente y transparente, teniendo en consideración las particulares
circunstancias sociales, económicas y ambientales de sus territorios.
En consecuencia, en
este caso en particular los mandatarios locales carecerían de esta competencia,
de acuerdo con lo dispuesto en la Constitución.
Por todo lo anterior,
el órgano de control recomendó que en aras de preservar el ordenamiento
constitucional y legal, se “verifique la pertinencia jurídica de eventualmente
proferir un acto administrativo en el que se prohíban las actividades
relacionadas con el aprovechamiento de los recursos naturales no renovables en
esa localidad, o que por parte del Concejo Municipal se expida un acuerdo en
ese mismo sentido (…)”.