La presidencia de la república revela las solicitudes que no le pueden
hacer a los estudiantes.
Lo
que los establecimientos educativos tienen prohibido pedir
La presidencia de la República, publicó este martes un listado de
solicitudes que los establecimientos educativos tienen prohibido hacer a los
estudiantes y sus acudientes porque violarían la ley y serían sancionados.
Todo lo que tienen prohibido los colegios
En época de matrículas, compra de útiles escolares, uniformes, libros y
textos suelen presentarse abusos por parte de las instituciones educativas.
Urna de Cristal cuenta todo lo que está fuera de la ley y que no pueden exigir
los colegios e instituciones educativas.
Estas son las prohibiciones para los colegios
Las matrículas y pensiones de los jardines e instituciones privadas
solo pueden incrementarse máximo un 4%. Un porcentaje superior de incremento es
ilegal.
Las listas de textos y útiles escolares deben entregarse al momento de
la matrícula, con anticipación suficiente para la compra de materiales para la
formación estudiantil.
La lista de útiles y textos deben incluir un calendario o cronograma de
uso de éstos, para que los padres de familia los adquieran progresivamente, con
base en el cronograma.
La venta de materiales al interior de las instituciones educativas solo
es permitida si en el mercado no se consigue lo requerido por el colegio.
Instituciones educativas y demás no pueden pedir que los materiales les
sean entregados (para permanecer en el colegio). Estos elementos son de uso
exclusivo de los estudiantes y son los padres de familia o los alumnos en su
defecto, quienes los administran en cada hogar.
Colegios e instituciones tienen prohibido solicitar materiales o
uniformes de marca específica. Las familias tienen la libertad de escoger en el
mercado lo que más se ajuste a su bolsillo y voluntad.
Textos escolares para un grado determinado solo pueden cambiarse cada
tres años.
Las instituciones tienen
permitido pedir uniforme diario y otro para educación física. La falta de
uniforme no es causa para impedir participación en actividades académicas.
Está prohibido solicitar bonos,
donaciones, contribuciones, cuotas, formularios, aportes y diversas formas de
aporte de dinero o especie para actividades de asociaciones de padres de
familia y demás agremiaciones. Dicha prohibición incluye todo tipo de cobros e
imponer obligaciones de participar en actividades para recaudar fondos.
Servicios de transporte y alimentación son voluntarios. Los padres de
familia pueden proveerse de ellos de manera voluntaria, libre y con el
proveedor que ellos decidan.
Las sanciones para los colegios que incumplen la ley
La ley 1269 de 2008 establece que las instituciones educativas que
incumplan prohibiciones de exigir bonos, cuotas, donaciones y demás fondos
pagarán multa entre 50 y 200 salarios mínimos mensuales legales vigentes. La
reincidencia implica cierre definitivo del establecimiento.