ACACÍAS: En decisión de
primera y única instancia, el Tribunal Contencioso Administrativo del Meta negó
las pretensiones de la demanda de Acción de Nulidad Electoral promovida por el
ciudadano, José Enrique Molina Rojas, contra el acto administrativo que declaró
la elección del alcalde, Víctor Orlando Gutiérrez Jiménez.
El demandante pidió la
Nulidad por considerar que podría existir una inhabilidad dado a la firma de un
contrato entre la esposa del alcalde, Mónica María Calderón Guerrero, con la
Corporación Red País Rural, dentro de un proyecto gestionado ante Ecopetrol en
marzo de 2013.
Precisó el Tribunal que
la señora en ningún momento ejerció como autoridad civil, ni fue ordenadora del
gasto, ni mucho menos ejerció un cargo oficial.
País Rural, es una entidad
privada y la norma dice que para que haya violación al régimen de inhabilidad,
los hechos debe tener algún vínculo con entidades del Estado o haber ocupado un
empleo oficial.
Pues la cita ciudadana,
Mónica María, en su condición de profesional en veterinaria y zootecnia,
asesoró el convenio de cooperación para el desarrollo de proyectos pilotos en
especies menores y apoyo técnico en sistemas productivos agropecuarios en el
municipio de Acacías.