RCN
El magistrado del Consejo de Estado, Guillermo Vargas, dijo
que en Sincelejo (Sucre) si se pueden hacer las tradicionales Corralejas del 20
de enero, puesto que no se pueden prohibir ese tipo de actos culturales.
Según el fallo del alto tribunal, esta decisión está basada
en dos pronunciamientos de la Corte Constitucional. Uno de ellos se refiere al
maltrato animal que está prohibido en Colombia con algunas excepciones, entre
las que están las Corralejas y las corridas de toros.
"Se permiten en determinadas circunstancias, siempre y
cuando se realicen en las fechas que se han realizado y tengan sentido
cultural", señaló el magistrado Vargas.
De igual forma dijo que las autoridades administrativas del
municipio de Sincelejo pueden reglamentar la realización de esas corridas. Sin
embargo, indicó que hay algunas situaciones en las que no.
"En Colombia la ley interpretada por la Corte
Constitucional dice que no se puede prohibir en principio, pero una segunda
sentencia dice que donde no exista una ley o prohibición de Policía, no se
puede hacer esa determinación, y como no la hay, no se puede prohibir",
subrayó.
Según el fallo del Consejo de Estado, "las corralejas se
pueden realizar", puesto que se hacen siempre en una misma fecha.