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viernes, 2 de agosto de 2013

CONSEJO DE ESTADO CONDENÓ AL INPEC POR LA TORTURA Y ACTOS DE BARBARIE A LOS QUE FUE SOMETIDO UN INTERNO DURANTE 15 DÍAS Y QUE TERMINARON DESQUICIÁNDOLO

  
Se trata de Jairo Aponza Guaza, quien estuvo entre el 3 y el 18 de abril de 1987 en la cárcel del Circuito Judicial de Santander de Quilichao, Cauca.
Allí, recibió por parte de los guardianes del Inpec sendos golpes en la cabeza que derivaron en ezquizofrenia. La gravedad del estado del interno obligó a un traslado a un Hospital psiquiátrico y luego, cuando salió, andaba por las calles desnudo.
La Sección Tercera, con ponencia del magistrado Enrique Gil Botero, determinó que los actos de los guardianes del Inpec fueron violatorios de los tratados sobre tortura y derechos humanos y derecho internacional humanitario de las Naciones Unidas.
En la sentencia, la Corporación estimó que el Estado tiene prohibido discriminar, maltratar verbalmente y golpear brutalmente a los internos.
“Así, cuando es el mismo Estado-entidad que detenta el uso legítima de la fuerza-, quien a través de sus miembros activos emplea sus medios e instrumentos para cercenar, aniquiliar y desdibujar las garantías fundamentales del ser humano, se quebranta el principio basilar del Estado Social de Derecho, esto es la dignidad humana, y ello se presta para definir a la organización pública como ilegítima”, señala el fallo.
La Corporación señaló que cuando al Fuerza Pública se aleja del cumplimiento de la Constitución, esto “se traduce en uno de los peores crímenes o delitos reprochados por la humanidad, como en efecto ocurrió (en este caso), en el que guardianes del Inpec, inflingieron, intencionalmente a la víctima padecimiento físico y psicológico, esto es, ejecutaron en su contra actos de barbarie y tortura, golpeándolo hasta desquiciarlo”.
La sentencia ordena el pago de 1.030 millones de pesos a favor de Jairo Aponza Guaza.



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