Según
su defensa, el único organismo que está facultado para castigar disciplinariamente
al magistrado es la Comisión de Acusaciones.
Se
conoció que a través de un poder firmado por el magistrado Gustavo Malo, su
abogado, Álvaro Rolando Pérez, impugnará este mismo lunes ante el Consejo de
Estado la resolución por medio de la cual la Corte Suprema de Justicia modificó
un punto de su reglamento interno para poder sancionar a los miembros de ese
alto tribunal que sean investigados por graves delitos.
El
argumento de la defensa es que la Constitución Política establece que el único
organismo que está facultado para castigar disciplinariamente al magistrado es
la Comisión de Acusaciones de la Cámara de Representantes y no la Corte
Suprema, pues lo cobija el fuero.
Asimismo,
la defensa agrega que el cambio que hizo la corte en su reglamento es ilegal
pues cualquier cambio de esta índole debe basarse en una norma y aplicarse
hacia adelante, y no por circunstancias anteriores a dicha modificación.
Lo
anterior, según la defensa, tiene sustento en que el alto tribunal creó este
reglamento con el único objetivo de sancionar a Malo, pese a que aún se presume
su inocencia dentro del denominado cartel de la toga.
Precisamente,
para este martes la corte citó a Gustavo Malo a una sala plena extraordinaria
en la que se busca primero escuchar la versión del magistrado para luego
definir si será relevado o no de sus funciones y dejaría de tener procesos a su
cargo, con base en ese cambio en el reglamento.
La
Corte Suprema ha intentado sin éxito llevar a cabo esta reunión debido a las
cinco incapacidades médicas, cuatro de ellas por 20 días, que Malo ha
presentado para ausentarse.
De
otro lado, en la comisión de acusaciones de la Cámara de Representantes este
jueves 5 de abril se hará la votación para definir si se aprueba el escrito de
acusación contra Malo por cinco delitos para que, posteriormente, sean la
plenaria de la Cámara y del Senado los que decidan si Malo debe ir a juicio
ante la Corte Suprema.