Con el objetivo de facilitar las exportaciones
de productos agrícolas y de acuerdo a la normatividad internacional, el ICA les
recuerda a los titulares de los registros de predios productores de vegetales
para exportación en fresco, así como a los exportadores, que deben actualizar
su registro ante el Instituto, de acuerdo a la Resolución ICA 448 del 20 de
enero de 2016. El plazo fijado es hasta el 21 de enero de 2019.
La medida aplica para
todos predios exportadores de frutas, hortalizas y aromáticas que venían
registrados ante el Instituto bajo la Resolución ICA 1806 de 2004 o 2964 de
2008. Los predios o exportadores que para la fecha establecida no hayan
actualizado su registro no podrán realizar exportaciones.
La actualización del
registro ICA como predio productor, se
puede realizar en la oficina local del ICA más cercana, con los siguientes documentos:
Solicitud escrita
firmada por la persona natural o el representante legal con los siguientes
datos: nombre de la persona natural o representante legal, documento de
identificación, dirección, teléfono, correo electrónico, nombre del predio,
vereda, municipio y departamento.
Variedades de vegetales
a producir así como áreas destinadas al cultivo.
Nombre del asistente
técnico, documento de identificación, número de la tarjeta profesional,
dirección, teléfono y correo electrónico.
Original o copia del
certificado de existencia y representación legal expedido por la Cámara de
Comercio si es persona jurídica, con fecha de expedición no mayor a noventa
(90) días calendario, previo a la presentación de la solicitud ante el ICA.
Matrícula mercantil, RUT o cedula de ciudadanía, si se trata de una persona
natural. El objeto social debe incluir la producción de vegetales.
Copia del contrato o
certificación laboral que acredite la asistencia técnica del predio, por parte
de un ingeniero agrónomo, o una unidad de asistencia técnica establecida
legalmente, en el cual se indique funciones a desempeñar, duración y lugar de
ejecución del contrato.
Fotocopia de la tarjeta
profesional vigente del agrónomo o ingeniero agrónomo que prestará la
asistencia técnica.
Croquis de llegada al
predio y plano de ubicación de las áreas descritas en el numeral.
Certificación de uso
del suelo expedida por la autoridad competente.
Análisis microbiológico
del agua proveniente de las fuentes utilizadas en las labores del predio, con
una vigencia no mayor a un (1) año.
Informe del asistente
técnico sobre las condiciones del cultivo y sobre el establecimiento de los
Planes de Manejo Fitosanitario para plagas de control oficial establecidos por el ICA para cada especie
vegetal, según corresponda.
Comprobante de pago de
acuerdo a la tarifa establecida por el ICA, según corresponda.
Una vez revisados los documentos, el ICA procede a
realizar la visita técnica con el fin de verificar los requisitos establecidos.
Recuerde que el ICA tiene a su disposición la
nueva plataforma “Ventanilla única de trámites”, a través de la cual puede
gestionar en línea la actualización de su registro ICA como productor y/o
exportador de vegetales para la exportación en fresco.