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viernes, 27 de abril de 2018

EN ENERO DE 2019 VENCE PLAZO PARA REGISTRARSE COMO EXPORTADOR DE FRUTAS, HORTALIZAS Y AROMÁTICAS


 Con el objetivo de facilitar las exportaciones de productos agrícolas y de acuerdo a la normatividad internacional, el ICA les recuerda a los titulares de los registros de predios productores de vegetales para exportación en fresco, así como a los exportadores, que deben actualizar su registro ante el Instituto, de acuerdo a la Resolución ICA 448 del 20 de enero de 2016. El plazo fijado es hasta el 21 de enero de 2019.
La medida aplica para todos predios exportadores de frutas, hortalizas y aromáticas que venían registrados ante el Instituto bajo la Resolución ICA 1806 de 2004 o 2964 de 2008. Los predios o exportadores que para la fecha establecida no hayan actualizado su registro no podrán realizar exportaciones.
La actualización del registro ICA como  predio productor, se puede realizar en la oficina local del ICA más cercana, con los siguientes  documentos:
Solicitud escrita firmada por la persona natural o el representante legal con los siguientes datos: nombre de la persona natural o representante legal, documento de identificación, dirección, teléfono, correo electrónico, nombre del predio, vereda, municipio y departamento.
Variedades de vegetales a producir así como áreas destinadas al cultivo.
Nombre del asistente técnico, documento de identificación, número de la tarjeta profesional, dirección, teléfono y correo electrónico.
Original o copia del certificado de existencia y representación legal expedido por la Cámara de Comercio si es persona jurídica, con fecha de expedición no mayor a noventa (90) días calendario, previo a la presentación de la solicitud ante el ICA. Matrícula mercantil, RUT o cedula de ciudadanía, si se trata de una persona natural. El objeto social debe incluir la producción de vegetales.
Copia del contrato o certificación laboral que acredite la asistencia técnica del predio, por parte de un ingeniero agrónomo, o una unidad de asistencia técnica establecida legalmente, en el cual se indique funciones a desempeñar, duración y lugar de ejecución del contrato.
Fotocopia de la tarjeta profesional vigente del agrónomo o ingeniero agrónomo que prestará la asistencia técnica.
Croquis de llegada al predio y plano de ubicación de las áreas descritas en el numeral.
Certificación de uso del suelo expedida por la autoridad competente.
Análisis microbiológico del agua proveniente de las fuentes utilizadas en las labores del predio, con una vigencia no mayor a un (1) año.
Informe del asistente técnico sobre las condiciones del cultivo y sobre el establecimiento de los Planes de Manejo Fitosanitario para plagas de control oficial  establecidos por el ICA para cada especie vegetal, según corresponda.
Comprobante de pago de acuerdo a la tarifa establecida por el ICA, según corresponda.
Una vez  revisados los documentos, el ICA procede a realizar la visita técnica con el fin de verificar los requisitos establecidos.
 Recuerde que el ICA tiene a su disposición la nueva plataforma “Ventanilla única de trámites”, a través de la cual puede gestionar en línea la actualización de su registro ICA como productor y/o exportador de vegetales para la exportación en fresco.




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Después de cinco meses de estar ausente este importante medio de comunicación en redes, y   a solicitud de muchos lectores hemos decidido ...