El Consejo de Estado
confirmó la nulidad de la sanción fiscal emitida por la Contraloría en contra
del ciudadano Pedro Miguel Vicioso Cogollo, quien se desempeñó como director de
Relaciones Industriales de la Empresa Puertos de Colombia (Colpuertos) en Santa
Marta (Magdalena) en 1992.
Lo hizo al confirmar un
fallo del Tribunal Administrativo de Magdalena por medio del cual se dejó sin
efectos la determinación, debido a que el órgano de control fiscal adelantó el
proceso con base en una norma que había sido derogada.
El fallo de la Sección
Quinta, con ponencia de la magistrada Lucy Jeannette Bermúdez Bermúdez, señala
que el demandante fue víctima de violación a su derecho al debido proceso, pues
la Contraloría aplicó para su caso normas que, para entonces, ya habían dejado
de surtir efectos legales (Resolución Orgánica 14500 de 1992).