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La Corte Constitucional instó al Congreso de
la República para que expida una regulación frente al tiempo límite en el cual
las Entidades Prestadoras de Salud deben realizar el procedimiento de
Interrupción Voluntaria de Embarazo (IVE).
El alto tribunal
realizó esta solicitud al advertir que el personal médico debe tener la plena
seguridad y no objetar conciencia al momento de recibir la orden de practicar
este procedimiento de acuerdo con las normas constitucionales.
"En efecto, las consideraciones
formuladas por el personal médico no se muestran como arbitrarias,
desproporcionadas o irrazonables, sino que se encuentran debidamente soportadas
en realidades científicas, como que en el caso de embarazos con estados de
gestación muy avanzados, se está en frente a fetos desarrollados que en
principio, tendrían posibilidades de sobrevivir de manera autónoma por fuera
del vientre de la mujer", advierte la sentencia.
El caso particular fue
estudiado por la Corte Constitucional, con ponencia del magistrado Luis
Guillermo Guerrero, al conocer la negación de un médico a realizar este
procedimiento porque la mujer, a quien le iba a practicar la IVE, tenía 7 meses
de gestación.