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domingo, 20 de abril de 2014

SUPERINDUSTRIA AUTORIZA CON CONDICIONAMIENTOS LA INTEGRACIÓN EMPRESARIAL ENTRE UNE Y TIGO


La Superindustria autoriza la integración empresarial (fusión por absorción) entre UNE y TIGO, bajo el condicionamiento de devolución a La Nación de una porción del espectro radioeléctrico con que cuentan en la actualidad ambas empresas.
Actualmente, UNE y TIGO, en conjunto, cuentan con 135 MHz de espectro radioeléctrico, existiendo un lìmite legal de 85 MHz, razón por la cual deben devolver a La Nación 50 Mhz, en los términos y plazos indicados por la Superindustria.
UNE y TIGO en el plazo máximo de ocho (8) meses, deberán informar a MINTIC y a la SIC el espectro radioeléctrioco objeto de devolución, identificando las bandas de frecuencia y los MHz correspondientes.
Una vez identificado e informado de manera concreta el espectro radioelectrico objeto de devolución, las empresas intervinientes contarán con dos (2) años y cuatro (4) meses para finalizar la devolución.
El condicionamiento se establece con el fin de restaurar el nivel de competencia en el mercado prevaleciente antes de la operación, y propender por el cumplimiento en los topes máximos de espectro radioeléctrico en el mercado de las telecomunicaciones en Colombia.
El Superintendente de Industria y Comercio (SIC), Pablo Felipe Robledo, mediante Resolución No. 24527 del 15 de abril de 2014, AUTORIZÓ CON CONDICIONAMIENTOS LA INTEGRACIÓN EMPRESARIAL en virtud de una eventual fusión por absorción entre UNE EPM TELECOMUNICACIONES S.A E.S.P y COLOMBIA MÓVIL S.A. E.S.P. TIGO (empresa que pertenece al grupo Empresarial MILLICOM).
El condicionamiento estructural impuesto consiste en que UNE EPM TELECOMUNICACIONES S.A E.S.P y COLOMBIA MÓVIL S.A. E.S.P. TIGO deberán devolverle a La Nación el espectro radioeléctrico para bandas altas que supere el tope de espectro máximo por proveedor de redes y servicios móviles terrestres. Actualmente, UNE y TIGO, en conjunto, cuentan con 135 MHz de espectro radioeléctrico, existiendo un lìmite legal de 85 MHz, razón por la cual deben devolver a La Nación 50 Mhz, en los términos y plazos indicados por la Superintendencia de Industria y Comercio (SIC), y bajo el procedimiento en que su momento indique Ministerio de Tecnologías de la Información y las Comunicaciones (MINTIC).
UNE y TIGO tienen un plazo de ocho (8) meses para informarle al Ministerio de Tecnologías de la Información y las Comunicaciones (MINTIC) y a la Superintendencia de Industria y Comercio (SIC) el espectro que devolverán, identificando las bandas de frecuencia y los MHz correspondientes. Una vez identificado e informado de manera concreta el espectro radioelectrico objeto de devolución, las empresas intervinientes contarán con dos (2) años y cuatro (4) meses para finalizar la devolución.


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