Hasta el viernes tendrá
plazo el Ministerio Público para dar su concepto sobre la conveniencia de las
medidas cautelares reclamadas por el destituido alcalde.
D Semana.-
Esta semana será clave
para el destituido alcalde Gustavo Petro. El Consejo de Estado, más exactamente
el magistrado Gerardo Arenas, definirá su suerte jurídica y política pues
tendrá que decidir un recurso de nulidad contra el fallo de la Procuraduría,
interpuesto por el propio Petro, en el que reclama medidas cautelares. Arenas
espera que el Ministerio Público entregue su concepto sobre si se deben o no
concederle este recurso al exmandatario.
El grupo de asesores
jurídicos de la Procuraduría trabajó duro en la pasada Semana Santa para
entregar su concepto lo más pronto posible al magistrado Arenas para que este
tome la decisión correspondiente. En el transcurso de esta semana se están
dando las puntadas finales a ese concepto, cuyo borrador en parte, ha sido
conocido por Semana.com.
En el documento, que ha
sido sigilosamente protegido por parte de los funcionarios de la Procuraduría,
hay tres puntos clave donde la posición es que a Petro no se le deben conceder
la medidas cautelares que reclama.
El primer aspecto está
relacionado con la presunta vulneración de los derechos de Petro al debido
proceso y a sus derechos políticos. Los abogados del alcalde pidieron decretar
con carácter de urgencia las medidas cautelares para que no se “siguieran
violando los supuestos derechos”.
Para la Procuraduría es
claro que, en el caso del proceso disciplinario que terminó con la destitución
a 15 años, el alcalde siempre tuvo todas las garantías procesales y el derecho
de controvertir las pruebas. Además, el mismo Gustavo Petro interpuso los
recursos de ley ante todas las decisiones.
El segundo aspecto está
directamente enfocado a la pertinencia de conceder una medida cautelar con
carácter urgente. La Procuraduría, según han informado las fuentes, está en la
misma línea del Consejo de Estado, que en los fallos de tutela que le fueron
negados a Petro, dijo que no existía argumento suficiente para decretar una
‘medida cautelar de urgencia’ y que por el contrario esta se debía estudiar de
fondo.
Y el tercer argumento
está relacionado con la competencia de la Procuraduría en el proceso que
destituyó e inhabilitó por 15 años para ejercer cargos públicos. Los defensores
de Petro han sostenido en distintas oportunidades que el Procurador General era
el funcionario encargado para adelantar la investigación contra el exmandatario
y no la Sala Disciplinaria del Ministerio Público como efectivamente ocurrió.
Según el borrador del
concepto el Procurador General sí tiene, a la luz de la ley 734 de 2002, la
facultad para designar a la Sala Disciplinaria para investigar a un funcionario
con el cargo de Alcalde Mayor de Bogotá. En este aspecto la Procuraduría no ha
coincidido con el magistrado Arenas porque en anteriores oportunidades el
togado apoyó la tesis según la cual a Petro lo debía investigar directamente
Alejandro Ordóñez, como procurador general, y no dos procuradores delegados.
Con estos tres puntos
la Procuraduría dejará sentada su posición frente al porqué el magistrado
Arenas no puede regresar al cargo a Gustavo Petro. Sin embargo, hay que esperar
el documento definitivo para conocer otros elementos que en el transcurso de
esta semana, seguramente, se le incorporarán.
La decisión no
obstante, estará finalmente en las exclusivas manos del magistrado Arenas
quien, a partir de que se radique el concepto de la Procuraduría, tendrá 10
días hábiles para definir si Petro se restituye o no en la alcaldía de Bogotá.