El Ministerio Público solicitó información
sobre las determinaciones adoptadas respecto a las recomendaciones y
observaciones enviadas.
La Procuraduría General de la Nación, en cumplimiento de sus
funciones preventivas y de control de gestión; como velar por el cumplimiento
de las disposiciones constitucionales y legales, la eficiente prestación de los
servicios públicos y la defensa de los derechos del consumidor y usuarios de
los servicios públicos domiciliarios; le presentó al Ministerio de las
Tecnologías de la Información y las Comunicaciones (TIC) algunas observaciones
y recomendaciones sobre el proceso de renovación de los permisos para el uso
del espectro radioeléctrico de los proveedores de redes y servicios de
telecomunicaciones, establecidos antes de la ley 1341 del 30 de julio de 2009.
En carta enviada al jefe de esa cartera, Diego Molano Vega,
se recomienda dar cumplimiento a la reglamentación establecida en dicha ley
dentro de su objeto y ámbito de aplicación, exigiéndole al Proveedor de Redes y
Servicios de Telecomunicaciones (PRST), entre otros aspectos, los requisitos
generales y las condiciones particulares para el uso del espectro
radioeléctrico y la constitución de la garantía de cumplimiento para evitar la
paralización o interrupción del servicio.
De otro lado se sugiere que en la renovación de los permisos
para el uso del espectro radioeléctrico, señalados en el artículo 12 de la
misma norma, se tenga en cuenta la calidad del servicio para garantizar su
adecuada prestación.
Finalmente el Ministerio Público, a través de la Procuraduría
Delegada para la Vigilancia Preventiva de la Función Pública, considera
pertinente recomendar que en la fijación de las contraprestaciones a favor del
Estado, establecidas en la ley 1341 de 2009, se incluya la metodología para
determinar la valoración y las condiciones particulares para el uso del
espectro. Dicha valoración deberá ajustarse a parámetros técnicos legales y
financieros.
El ente de control aclara que estas observaciones y recomendaciones
no implican el aval, coadministración, concepto o prejuzgamiento de la
actuación administrativa, pues corresponde al MinTIC y a sus entidades
adscritas el desarrollar las gestiones y tomar las decisiones que estimen
pertinentes dentro de su autonomía y exclusiva responsabilidad, en aras de
garantizar la democratización en el uso del espectro y la igualdad de
oportunidades en su acceso.