Desde enero de 2020,
las entidades financieras no podrán cobrar intereses de las tarjetas de crédito
por arriba de 28,16% efectivo anual, según señaló la Superintendencia
Financiera de Colombia al fijar la tasa de usura, que tuvo disminución de 0,21%
con respecto a diciembre de 2019.
En la resolución, expedida
por la entidad que vigila las entidades financieras, también se establece que
para la modalidad de microcrédito el interés máximo que se podrá cobrar es de
54,80% efectivo anual, lo que representa una disminución de 0,04 % respecto al
mes anterior.
La tasa de usura en el
caso de crédito de consumo y ordinario regirá entre el 1 y el 31 de enero de
2020, mientras que para el caso de los microcréditos estará vigente entre el 1
de enero y el 31 de marzo de 2020, según explicó la Superfinanciera.
La entidad también
señaló que desde este mes los intereses remuneratorio y moratorio no podrán
exceder 1,5 veces el Interés Bancario Corriente, es decir, el 28,16% efectivo
anual para la modalidad de crédito de consumo y ordinario.
Según los datos
reportados por la Superfinanciera, con corte al 20 de diciembre todos los
bancos están por debajo del tope de interés para enero. En este momento, las
tasas más altas del sector están en 28,16%, pero el promedio está en 24,76%
efectivo anual.