Los delitos comunes cometidos por
terceros que se someten a la jurisdicción especial deben tener relación con el
conflicto armado.
Bogotá, 28 de enero de
2020. La Procuraduría General de la Nación apeló ante la Jurisdicción Especial
para la Paz –JEP- la aceptación de sometimiento del excongresista Musa Besaile
Fayad.
“La JEP no puede
dejarse convertir en un escampadero de corruptos”, advirtió el Procurador
General Fernando Carrillo Flórez.
Como lo ha señalado
reiteradamente la Procuraduría frente a las solicitudes de sometimiento a la
JEP del excongresista Álvaro Ashton, el general (r) Miguel Maza Márquez y el
exsenador Alberto Santofimio Botero, las puertas de la Jurisdicción Especial
para la Paz no pueden ser vulneradas para intentar burlarse de la justicia y la
sociedad y pretender cubrir con un manto de impunidad delitos que no tienen
relación alguna con el conflicto.
El 16 de enero de 2020
la Sala de Definición de Situaciones Jurídicas se pronunció sobre el
sometimiento presentado por Besaile Fayad, en calidad de agente del Estado no
miembro de la Fuerza Pública, dentro de los procesos que adelanta la sala de
Casación Penal de la Corte Suprema de Justicia, bajo los radicados 2700 y
52196.
El expediente 52196,
abierto por los presuntos delitos de peculado por apropiación y cohecho, tiene
origen en diálogos grabados en Miami, en desarrollo de un proceso federal
adelantado por autoridades estadounidenses, donde el abogado Leonardo Pinilla
Gómez le habría comentado al exgobernador de Córdoba, Alejandro Lyons Muskus,
que por intermedio del también abogado Luis Gustavo Moreno, el senador Musa
Besaile habría pagado una suma importante de dinero para ser favorecido en un
proceso penal adelantado en su contra por la Corte Suprema, que el país conoció
como el “Cartel de la Toga”.
Un porcentaje de ese
dinero correspondería a comisiones de contratos suscritos por la Gobernación de
Córdoba, entregadas al congresista hacia febrero de 2015 por el entonces
gobernador Lyons Muskus, en lo que se ha conocido como el “Cartel de la
Hemofilia”, proceso en que la Procuraduría sancionó con destitución e
inhabilidad por 13 años para ejercer cargos públicos, al exmandatario por
recibir dinero para mantener a un contratista como prestador de servicios de
salud para pacientes con hemofilia. Así
mismo, por irregularidades en el pago de medicamentos a pacientes con hemofilia
y/o von Willebrand fueron sancionados con suspensión de 11 meses el
exgobernador de Córdoba, Edwin José Besaile Fayad, y con destitución e
inhabilidad general por 13 años el exsecretario de Desarrollo de la Salud, José
Jaime Pareja Alemán.
Para la Procuraduría
estas conductas punibles, constituyen hechos de corrupción administrativa, que
no deben ser de competencia de la JEP, porque no tienen ninguna relación con el
conflicto armado interno.
Bajo estos argumentos,
en los próximos días el Procurador Tercero Delegado con funciones de
Intervención ante la Jurisdicción Especial para La Paz sustentará el recurso de
apelación a la aceptación de sometimiento de Besaile Fayad.
Al igual que la
Fiscalía General de la Nación, la Procuraduría cree que los delitos comunes que
terceros pretendan someter a conocimiento de la JEP, deben tener una conexidad
material y directa con el conflicto armado y cumplir con los siguientes
criterios de conexidad: i) Que el delito común no se cometa en beneficio
personal, ii) Que el delito común tenga una conexidad material con los delitos
propios del conflicto, iii) Que el delito común signifique un aporte
verificable, material o moral, al esfuerzo general de guerra de uno de los
actores del conflicto o en la conducción de hostilidades.
Ni los hechos asociados
al "Cartel de la Toga" ni las conductas relacionadas con el
"Cartel de la Hemofilia", que son casos de corrupción administrativa,
cumplen con los requisitos exigidos para ingresar a la JEP.