De Internoticias.
VILLAVICENCIO: La
Oficina Judicial del Centro de Servicios del Sistema Penal Acusatorio, asignó
al Juez Cuarto Penal de Circuito, Héctor Hugo Puentes Mora, la competencia para
que estudie y resuelva qué Juez de garantías debe realizar las audiencias
preliminares por el caso de la tragedia en la vereda el Carmen.
Actualmente existe una
solicitud de la Fiscalía para imputar cargos y proferir medida de aseguramiento
contra los ciudadanos, MANUEL ANTONIO DÍAZ ARDILA Y ADRIANA MILENA DÍAZ JAIME,
por el delito de homicidio culposo en las muertes de nueve personas, tras
reventarse una de las líneas que soportaban un puente colgante.
Se conoció que el Juez
Segundo Penal Municipal Ambulante con función de control de garantías, Andrés
Giovanny Rosas Calvo, no aceptó avocar el conocimiento del caso para realizar
dichas audiencias.
En un escrito argumentó
las razones jurídicas que le asisten para NO compartir el impedimento
presentado por su homologo, el Juez Primero penal Municipal Ambulante con
función de control de garantías, Raúl Hernán Ardila Baquero, para tramitar
dichas audiencias.
Como se recuerda,
Ardila Baquero, dijo que por el hecho de haber conocido de la petición de unas
órdenes de capturas y que las negó, consideró que debía de apartarse de las
audiencias de imputación de cargos y medida de aseguramiento solicitadas por la
Fiscalía contra, Manuel Díaz y su hija, Adriana Díaz Jaime, en aras de brindar
garantías a los sujetos procesales.
Para el Juez segundo
Ambulante, Rosas Calvo, con la actuación de su homologo NO existe afectación de
parcialidad en el caso que les ocupa, y explica que la Imputación de cargos, es
simplemente un acto de comunicación por parte de la Fiscalía a unas personas
haciéndoles saber que han sido vinculadas formalmente a un proceso penal.
En ese escenario el
Juez no adopta ni profiere ninguna decisión de fondo; solamente se limita a
garantizar que haya entendimiento entre la Fiscalía y las personas imputadas.
En relación con la
medida de aseguramiento, sostuvo que el Juez primero, limitó su objeto de
análisis a un problema jurídico concreto.
Por lo anterior, será
el Juez Cuarto Penal de Circuito el que resuelva entre el primero y el segundo,
quien realmente deberá de realizar las audacias solicitadas por la Fiscalía.