El proyecto de ley 127
de 2015, el cual buscaba que las madres comunitarias tuvieran contratos
directos con el Estado a término indefinido y garantizar los derechos a salud,
pensión y riesgos profesionales, fue objetado por el presidente Juan Manuel
Santos, quien lo declaró inconstitucional.
Dentro de los
argumentos que presentó el presidente para objetar la ley está que generaría un
incremento en las finanzas públicas, ya que habría un aumento de $769 mil
millones, al pasar de 6 mil a 61 mil madres comunitarias contratadas por el
Estado a través del ICBF.
De hecho, el presidente
recordó que el Ministerio de Hacienda, que es el encargado de las finanzas
públicas, dio concepto negativo a esta ley por el impacto fiscal para el país.
Otro de los argumentos
que presentó el presidente, Juan Manuel Santos, para objetar la ley es que se
excluiría a otros tipos de entidades que prestan el servicio de atención
integral a la primera infancia, como por ejemplo las Cajas de Compensación
Familiar, ya que todo estaría a cargo del Instituto Colombiano de Bienestar
Familiar.
Otro de los argumentos
que dio el Gobierno es que el Congreso no tiene la facultad de modificar las
entidades sin el consentimiento del Ejecutivo, por lo que esta ley modificaría
las funciones del ICBF.
Asimismo el Gobierno
aseguró que desde 2014 las madres comunitarias ya reciben un salario mínimo y
gozan de protección laboral a través del Programa de Hogares Comunitarios de
Bienestar.