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martes, 24 de enero de 2017

CORTE DICE QUE EPS NO PODRÁN NEGAR MEDICAMENTOS A PACIENTES FARMACODEPENDIENTES


La Corte Constitucional advirtió que las EPS no pueden dejar de suministrar medicamentos que necesitan los pacientes que se declaran farmacodependientes porque se estarían vulnerando derechos fundamentales.
Dentro de las consideraciones que realizó la Corte Constitucional frente a este tema es que las personas que padecen de graves cuadros de adicción y que por ello presentan enfermedades mentales o trastornos, merecen especial protección del Estado.
“La Corte recalca que el Estado como principal responsable de la prestación de servicios de salud debe implementar programas y políticas de prevención, tratamiento y rehabilitación”, señala la sentencia.
Pese a que las EPS dentro de sus argumentos advirtieron que este tipo de medicamentos no están dentro del Plan Obligatorio de Salud, el alto tribunal consideró que deben buscar los instrumentos para no suministrar los medicamentos requeridos para estos pacientes.

De igual forma la Corte Constitucional explicó que al no atender a este tipo de población vulnerable “se pueden aumentar las conductas agresivas que pone en riesgo tanto la integridad del paciente como de las personas que lo rodean”.

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