D Notillano.
Villavicencio. El Gobernador
Alan Jara y los alcaldes del
Meta siempre cumplen las normas en materia
electoral.
Se puede decir que
casi todos quienes
desempeñan cargos públicos lo
hacen, pero en ocasiones se les olvida la obligación que tienen
y por esa circunstancia, María Margarita Zuleta determinó una
circular recordatoria de lo
que se puede hacer y lo que no se
puede realizar desde el 25 de los
corrientes.
Se indicó a NOTILLANO que Colombia Eficiente como ente
rector del sistema de compras y contratación pública– expidió una circular recordando a los gobernadores y alcaldes la prohibición
de celebrar contratos o convenios interadministrativos para ejecutar recursos
públicos cuatro meses antes de las elecciones, de acuerdo con la Ley de
Garantías.
De acuerdo con la
norma, cuatro meses antes de las elecciones, ninguna entidad Estatal del orden
territorial puede celebrar convenios o contratos interadministrativos para
ejecutar los recursos públicos “sin importar la naturaleza o el orden nacional
o territorial de la otra entidad contratante”. Esta prohibición opera entre el
25 de junio y el 26 de octubre, es decir la prohibición termina el día
siguiente de la jornada electoral para elegir gobernadores, alcaldes,
diputados, concejales y ediles para el periodo 2016 – 2020.
En la circular, Colombia Compra Eficiente
explica que la prohibición es exclusivamente para los contratos o convenios
interadministrativos para ejecutar recursos públicos y no afecta los demás
Procesos de Contratación (incluyendo contratación directa).
Las prórrogas,
modificaciones, adiciones, o cesiones de los convenios interadministrativos
firmados antes del 25 de junio están permitidas siempre y cuando “cumplan con
los principios de planeación, transparencia y responsabilidad”