Mediante resolución N° 0110 de enero de 2014, la
Superintendencia del Subsidio Familiar, fijó para este 2014 la cuota mensual en
dinero que reciben los trabajadores afiliados en el Meta, por un valor de
veinticinco mil cien pesos ($25.100).
Los trabajadores del sector agropecuario recibirán el 15% sobre lo que se paga mensualmente al
trabajador urbano, es decir; ($28.862), por cada hijo, hijastro y/o padre. Y,
beneficiados que presenten alguna diversidad funcional reciben ($50.200).
Para acceder a la cuota monetaria, el trabajador debe
devengar menos o igual a cuatro salarios mínimos legales mensuales vigentes
($2.464.000), tener hijos que estudien y sean menores a 18 años de edad; padres
mayores de 60 años, hermanos o padres con alguna discapacidad, y hermanos
huérfanos de padre y madre. Además de que los ingresos familiares no deben
superar a seis salarios mínimos legales mensuales ($ 3.696.000).
Requisitos para cambiar el bono:
Presentar el bono en buen estado, firmado por el beneficiado
con número de cédula de ciudadanía.
Presentar la cédula de ciudadanía del beneficiario del bono
del subsidio familiar (No se aceptan contraseñas).
Solo se hace efectivo el bono en los puntos Consuerte en el
departamento, los cuales son autorizados por la dirección administrativa de
Cofrem.
Cuando el bono tiene un (1) año o más de expedición, se debe
presentar en la División de tesorería para que el Tesorero autorice mediante un
visto bueno con firma en el bono, y poder hacerlo efectivo.
Donde reclamar el subsidio:
En la ciudad de Villavicencio, el bono de la cuota monetaria
se podrá reclamar en la tesorería de la oficina principal de Cofrem, avenida
40. Y, en los Centros de servicios de la Caja de compensación, ubicados en 10
municipios en el departamento; Acacías, San Martín, Granada, Guamal, Vista
hermosa, Puerto López, Cabuyaro, Cumaral, Barranca de Upía, y Puerto Gaitán,
donde está disponible una oficina móvil en Campo Rubiales.
Así mismo, los bonos los pueden hacer efectivos en todos los
puntos ConSuerte que operan en el Meta.
De igual manera Cofrem hace entrega de un subsidio monetario
extraordinario, en el cual por muerte del trabajador beneficiado es entregado
durante los 12 siguientes meses al fallecimiento. Por muerte de una persona a
cargo el pago equivale a 12 cuotas monetarias del mismo valor, que venía
recibiendo en el momento del fallecimiento. En ambos casos es necesario
presentar el certificado de defunción.
Anualmente, todos los afiliados a Cofrem quienes tienen beneficiarios
por los cuales reciben la cuota monetaria del subsidio familiar, deben renovar
y presentar antes del 10 de marzo, las constancias que certifican su derecho;
certificado de escolaridad para hijos entre los 12 años y 18 años de edad, y la
constancia laboral del cónyuge. Si no trabaja, constancia de no trabajo.
Para los beneficiados con diversidad funcional deberán
actualizar el documento de identificación; mayores de 7 años la tarjeta de
identidad, y mayores de 18 años la cédula de ciudadanía.