El Consejo de Estado hizo un llamado de atención a la Fiscalía General y
al Ejército Nacional para que entreguen los resultados de las investigaciones
realizadas, con el fin de establecer cuál es el paradero de un sargento que
pertenece a esa institución militar y que desapareció el 30 de julio de 2013.
El sargento es integrante de la Vigésima Novena Brigada del
Ejército, con sede en Popayán. Desde agosto del año pasado su esposa presentó
denuncia ante la Fiscalía por desaparición forzada, sin que hasta el momento
tenga conocimiento del paradero de su cónyuge.
En septiembre de 2013, la esposa, mediante derecho de
petición, le solicitó al Ejército información clara y precisa sobre los avances
de la investigación por la desaparición de su compañero. Ante el silencio de la
institución castrense, la señora se vio obligada a presentar una acción de
tutela.
La Sección Segunda, con ponencia del magistrado Gustavo Gómez
Aranguren, señaló que el Ejército Nacional, a través de la Vigésima Novena
Brigada de Popayán, vulneró el derecho fundamental de petición de la accionante
al no dar respuesta sobre la situación de uno de sus integrantes.
“En virtud de la gran problemática que abarca la perdida
física de un ciudadano, en este caso esposo y padre de familia, la Sala
considera pertinente instar a los organismos de control para que inicien las investigaciones
a que haya lugar con el propósito de salvaguardar los derechos, no sólo del
sujeto desaparecido, sino también de su hogar, el cual se encuentra constituido
por la hoy accionante y sus dos menores hijos”, indica la sentencia.
El fallo ordena compulsar copias a la Defensoría del Pueblo y
la Procuraduría General de la Nación para que dichos entes adelanten los
procesos investigativos pertinentes que conduzcan a esclarecer la situación del
uniformado desaparecido.