La Comisión
de Regulación de Energía y Gas (CREG) se permite aclarar lo siguiente con
respecto a versiones sobre el costo del servicio de energía eléctrica:
1. Desde el
año 2007 el Gobierno Nacional estableció en el Decreto 387 que los usuarios de
energía eléctrica deben pagar un cargo fijo y un margen de comercialización.
2. En
diciembre de 2007 la Comisión expidió la Resolución CREG 119, mediante la cual
estableció la fórmula tarifaria del servicio de energía eléctrica, en la cual
incorporó el cobro del cargo fijo y del margen de comercialización en atención
al mandato del Gobierno Nacional.
3. Los
usuarios pueden observar que el cargo fijo de comercialización aparece en las
facturas desde el año 2008.
4. En mayo de
2012 la CREG publicó para comentarios las Resoluciones 044 y 045, en las cuales
propone cómo calcular el cargo fijo y el margen de comercialización.
5. La CREG
recibirá comentarios a estas propuestas regulatorias hasta el 11 de agosto de
2012. Se dará respuesta a todos los que se reciban oportunamente.
7. El común
de los usuarios consume energía eléctrica de manera permanente. Por lo tanto,
no es válido plantear que se afectarían los intereses de la mayoría al
incorporar un cargo fijo cuando no hay consumo.