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miércoles, 1 de agosto de 2012

ESTO ES LO QUE DICE LA CREG AL RESPECTO


La Comisión de Regulación de Energía y Gas (CREG) se permite aclarar lo siguiente con respecto a versiones sobre el costo del servicio de energía eléctrica:
1. Desde el año 2007 el Gobierno Nacional estableció en el Decreto 387 que los usuarios de energía eléctrica deben pagar un cargo fijo y un margen de comercialización.
2. En diciembre de 2007 la Comisión expidió la Resolución CREG 119, mediante la cual estableció la fórmula tarifaria del servicio de energía eléctrica, en la cual incorporó el cobro del cargo fijo y del margen de comercialización en atención al mandato del Gobierno Nacional. 
3. Los usuarios pueden observar que el cargo fijo de comercialización aparece en las facturas desde el año 2008. 
4. En mayo de 2012 la CREG publicó para comentarios las Resoluciones 044 y 045, en las cuales propone cómo calcular el cargo fijo y el margen de comercialización. 
5. La CREG recibirá comentarios a estas propuestas regulatorias hasta el 11 de agosto de 2012. Se dará respuesta a todos los que se reciban oportunamente.
 6. Con el cargo fijo propuesto no se pagarán nuevos costos. Los costos de comercialización, que hoy se cobran por cada kilovatio hora consumido, se desagregarían en un cargo fijo y uno variable. Es decir, no se remuneraría algo nuevo sino de una forma distinta. 
7. El común de los usuarios consume energía eléctrica de manera permanente. Por lo tanto, no es válido plantear que se afectarían los intereses de la mayoría al incorporar un cargo fijo cuando no hay consumo.

POR SOLICITUD DE MUCHOS ESTAMOS HACIENDO PRESENCIA NUEVAMENTE

Después de cinco meses de estar ausente este importante medio de comunicación en redes, y   a solicitud de muchos lectores hemos decidido ...