Este
viernes el Distrito emitió alerta naranja por contaminación del aire en el
suroccidente de Bogotá y alerta amarilla en el resto de la ciudad, una
situación que podría afectar de manera negativa la salud de los bogotanos, por
lo que la administración tomó la decisión de implementar medidas para
contrarrestar la situación.
Una
de esas medidas es poner pico y placa ambiental con el fin de reducir los
niveles de emisiones de gases en el aire capitalino y así lograr reducir la
concentración de material particulado en el ambiente.
De
esta manera, el pico y placa en la ciudad tendrá varias modificaciones,
incluyendo que la medida aplicará también este fin de semana, mientras que entre
semana durará todo el día. De igual forma, también habrá restricción de
circulación para motocicletas.
Cabe
recordar que todas estas medidas se mantendrán en firme hasta que se supere la
emergencia. Así las cosas, el pico y placa ambiental en Bogotá queda de la
siguiente manera:
Fin
de semana del 16 y 17 de febrero
-
Sábado
La
medida aplicará para vehículos particulares y motos con placa terminada en
número par.
Hora:
6:30 a. m. a 6 p. m.
-
Domingo
La
medida aplicará para vehículos particulares y motos con placa terminada en
número impar.
Hora:
6:30 a. m. a 3 p. m.
Semana
del 18 al 22 de febrero
El
pico y placa entre semana funcionará de manera extendida para particulares y
motos desde las 6 a. m. hasta las 7:30 p. m. La restricción aplicará para los
vehículos en las fechas establecidas normalmente, es decir, placas impares en
fechas impares y placas pares en fechas pares.
Restricción
para vehículos de carga
La
zona comprendida entre la Calle 13 hacia el límite sur de la ciudad en el río
Bogotá, y de la Avenida NQS y Autopista sur hasta el límite occidental de la
capital ha sido catalogado como el polígono de alerta naranja, es decir, el que
cuenta con mayor concentración de material particulado.
En
este sector no será permitida la circulación de transporte de carga con un peso
superior a las dos toneladas de 6:30 a.m. a 7:30 p.m. con las siguientes excepciones:
Vehículos
de emergencia.
Vehículos
de valores, los de alimentos perecederos, animales vivos, flores y gases
medicinales.
Vehículos
de operativos de las empresas de servicios públicos domiciliarios en servicio.