Según
la autoridad ambiental, no se activó el plan de contingencia conforme a la
magnitud de la amenaza ambiental
La
Autoridad Nacional de Licencias Ambientales ANLA, ordenó el inicio de un
proceso sancionatorio contra Ecopetrol por le derrame de petroleo en el campo
La Lisama en Barrancabermeja Santander, que ha contaminado fuentes hídricas y
ha afectado a miles de especies.
Según
la ANLA, esta desición se toma entre otras cosas porque la compañía petrolera
afectó los recursos naturales y no informó oportunamente sobre la contingencia.
La
decisión se toma a partir de hechos como no haber informado oportunamente sobre
la contingencia y haber afectado los recursos naturales,
La
Autoridad Nacional de Licencias Ambientales, ANLA, ordenó el inicio de
procedimiento administrativo ambiental de carácter sancionatorio en contra de
la empresa Ecopetrol S.A. por los hechos ocurridos en el campo petrolero
Lisama, ubicado en jurisdicción del municipio de Barrancabermeja, departamento
de Santander.
La
decisión de la Autoridad se toma a partir de los siguientes hechos:
-No
haber activado el plan de contingencia, ni ejecutado y controlado la emergencia
conforme a la real magnitud del evento del 2 de marzo de 2018 en el predio
“Palmas de Colombia”, ubicado en el corregimiento La Fortuna, jurisdicción del
municipio de Barrancabermeja.
-No
haber informado en oportunidad las circunstancias que agravaron las condiciones
iniciales de la contingencia reportada y que demostraban la real magnitud del
evento ocurrido. Haber comunicado como controlada la situación el día 3 de
marzo de 2018, obstaculizando la actividad de seguimiento por parte de la ANLA.
Sobre
este particular, el auto proferido por la Autoridad nacional ambiental dice:
“Si bien la Empresa informó el evento de contingencia ocurrido el día 2 de
marzo del 2018 en el predio Palmas de Colombia; conforme a la información
aportada en reportes posteriores al parecer la Empresa no informó en
oportunidad la real magnitud de la contingencia ocurrida y que además reportó
como controlada el 3 de marzo de 2018, obstaculizó la actividad de seguimiento
por parte de esta Autoridad, impidiendo el ejercicio de las funciones de visita
y seguimiento del evento en tiempo real, toda vez que de conocerse en
oportunidad la magnitud del evento por parte de la ANLA, se habría comisionado
de manera inmediata personal técnico al lugar del evento, con el propósito de
tomar medidas de prevención y control conforme al artículo tercero de la
resolución 1767 de noviembre de 2016.”
El
auto considera que Ecopetrol también habría obstruido “las actuaciones de la
Corporación Autónoma Regional de Santander y del Comité Municipal de Gestión
del Riesgo (CMGRD).”
Otros
hechos que motivan la decisión de la ANLA son:
-Haber
afectado presuntamente con su gestión los cuerpos de agua denominados quebrada
La Lizama y Caño La Muerte en un área aproximada de 24 km y en un área de 20
kilómetros en el rio Sogamoso.
-Haber
generado con su actividad presunta afectación al recurso suelo localizado en el
área donde se está presenta la contingencia objeto de investigación.
-Haber
generado la muerte y afectación de individuos de diferentes especies y grupos
taxonómicos de fauna y flora.
-Haber
ocasionado con su omisión en la activación, ejecución y control adecuado de la
contingencia, posibles afectaciones al medio natural y al medio socioeconómico
de la zona donde se presentó el evento contingente.
-Haber
puesto en riesgo dos acuíferos localizados en la zona donde se está presentando
el evento contingente.
En
su decisión la ANLA requiere a la Agencia Nacional de Hidrocarburos, ANH,
remitir la información que tenga en su poder relacionada con el pozo Lisama
158, localizado en la vereda la Fortuna, jurisdicción del municipio de
Barrancabermeja, para la vigencia 2015 al 2018 y los demás pozos que se
encuentren ubicados en un radio de 500 metros de cercanía al pozo en mención.
Este
requerimiento se sustenta en que “esta Autoridad ha tenido conocimiento por
medios periodísticos que en el mes de febrero de 2017, durante el informe anual
del año anterior, la empresa Ecopetrol S.A. reportó a la Agencia Nacional de
Hidrocarburos, ANH,- que ‘el pozo Lizama 158 estuvo en suspensión durante todo
un año por problemas mecánicos y por fallas en el revestimiento o la construcción
del mismo’. Situación no conocida por la Autoridad Nacional de Licencias
Ambientales – ANLA-, por lo que será objeto de esta investigación, siendo uno
de sus objetivos obtener su confirmación la que deberá ser corroborada por la
agencia en mención.”
La
ANLA comunicará su decisión a la Procuraduría Delegada para Asuntos Ambientales
y Agrarios, a la Gobernación de Santander, al municipio de Barrancabermeja y a
la Corporación Autónoma Regional de Santander, CAS.