Tras la apelación
sustentada por la Fiscalía y el representante de las víctimas, la Corte Suprema
de Justicia confirmó en segunda instancia la sentencia de 9 años de cárcel
proferida en contra de Jaime Enrique Niño Ojeda, quien hasta el pasado 1 de
noviembre se desempeñó como juez promiscuo penal municipal de Puerto López
(Meta), al hallarlo responsable del delito de prevaricato.
En la decisión, esa
corporación también revocó el beneficio de la detención domiciliaria, ordenó su
captura y dispuso que el exjuez deberá purgar la pena en centro carcelario.
La Fiscalía comprobó
que Niño Ojeda cometió tres prevaricatos por acción en concurso homogéneo y
sucesivo entre los años 2010 y 2012.
Uno de los prevaricatos
se relaciona con las decisiones irregulares por medio de las cuales ordenó
entregar 409 cabezas de ganado a una persona diferente de la propietaria, a la
cual le fueron hurtados de su finca los semovientes en 2010.
El entonces juez de
garantías contrarió las decisiones de sus superiores so pretexto, de que dichos
animales estaban siendo reclamados por una persona que según él no era titular
de tal derecho.
Niño Ojeda se
encontraba ejerciendo sus labores judiciales en el municipio de Puerto López
(Meta) cuando fue capturado por los investigadores del CTI para hacer efectivo
su traslado hacia Villavicencio y ponerlo a disposición del Inpec.