La plenaria del Senado
comenzará a estudiar esta tarde la ley estatutaria de la Jurisdicción Especial
para la Paz, en cuya ponencia se establecieron limitaciones para la participación
política de las Farc.
En el texto quedó
incluido un inciso en el que se establece que “será incompatible el desempeño
de un cargo de elección popular con el cumplimiento de las sanciones
alternativas y ordinarias impuestas por el Tribunal Especial para la Paz”.
Esto quiere decir que
si la JEP impone a un guerrillero sanciones alternativas u ordinarias, las
cuales se pagan en la cárcel, no podrían acceder a la elegibilidad.
Eso podría perjudicar a
aquellos guerrilleros que lleguen a ocupar curules en el Congreso a partir del
próximo año, ya que una decisión de la jurisdicción especial los podría obligar
a dejar sus cargos.
El inciso incluido en
el artículo 31 de la ley estatutaria no ha caído muy bien en el movimiento
Voces de Paz, que son los voceros de las Farc en el Congreso, porque consideran
que se violaría el espíritu del acuerdo.
En los textos firmados
en La Habana se estableció que ninguna sanción impuesta por la Jurisdicción
Especial para la Paz inhabilitará a las Farc para el ejercicio de la política.
En el punto de
participación política de la ponencia ya radicada en el Senado, se establece
una obligación a los guerrilleros de contar la verdad y de reparar a las víctimas
para poder acceder a los cargos de elección popular.
También se incluyeron
algunos de los acuerdos hechos entre el fiscal general, las Farc, el Gobierno y
el Congreso sobre puntos cruciales como el juzgamiento de terceros, disidentes,
reincidentes y testaferros de las Farc.