Villavicencio, Meta. En sus primeros seis
meses de vigencia y pedagogía, el Código Nacional de Policía y Convivencia
demostró que es unas de las herramientas más importantes para corregir y
prevenir aquellos comportamientos que afectan las buenas relaciones ciudadanas
en los vecindarios, lugares públicos y en los propios hogares metenses.
Es así que, desde el
pasado 30 de enero, cuando comenzó a aplicarse la Ley 1801 de 2016 de manera
pedagógica, a la fecha se logró una disminución en un 18% en los delitos de
impacto que afectan a la población metense.
Las reducciones más significativas se presentaron en El Dorado, con un
75% (seis casos menos que el mismo periodo del año pasado); Fuentedeoro, 69%
(47 casos menos); San Carlos de Guaroa, 65% (30 casos menos); Cabuyaro, 59% (16
casos menos) y Puerto Rico, 53% (25 casos menos).
Así mismo, las lesiones personales tuvieron
una caída del 22%, lo que representó que 111 personas no sufrieran
heridas. Las principales reducciones se
presentaron en El Dorado en 100% (cero casos registrados durante lo corrido del
año), San Carlos de Guaroa, 80% (16 casos menos), Puerto Rico 71% (10 casos
menos), Fuentedeoro 67%, (16 casos menos) y Puerto López 45%, (30 casos menos).
El homicidio, tuvo una
disminución en 10%, garantizando de esta manera siete vidas más. Se destacan los siete municipios que a la
fecha registran cero homicidios, siendo estos Castilla La Nueva, San Juanito,
El Calvario, Cubarral, El Dorado, Fuentedeoro y Cabuyaro; de igual manera los
de mayor reducción como Puerto Rico, con 67% (cuatro casos menos), Puerto
Gaitán, 64% (siete casos menos), San
Juan de Arama, 50% (un caso menos),
Granada 45% (nueve casos menos) y Puerto
López, 38% (tres casos menos).
Durante el periodo de
pedagogía, los uniformados aplicaron en total 821 medidas por comportamientos
contrarios a la convivencia en 23 municipios del Meta, es decir, entre cuatro o
cinco por día; donde más se registraron fue en Granada con 260, Puerto Gaitán
con 120, Puerto López con 70, y San Carlos del Guaroa y El Castillo con 26 cada
uno.
Entre las conductas más
frecuentes, se encuentran el consumo de bebidas alcohólicas o sustancias
psicoactivas en lugares públicos; porte de armas, elementos cortantes o
punzantes en lugares públicos; riñas; realizar necesidades fisiológicas en la
calle y ocupar el espacio público violando las normas vigentes.
MEDIDAS CORRECTIVAS. A
partir de hoy, los 243 artículos de este instrumento fundamental dentro del
Proceso de Modernización y Transformación Institucional (MTI), comienzan a
regir a plenitud, con la aplicación de todas las medidas correctivas; es decir
que los ciudadanos, la Policía Nacional, los inspectores de policía, las
autoridades distritales y municipales y demás autoridades con facultades de
policía, cuentan con un escenario eficaz para promover de manera conjunta
valores como el respeto, la tolerancia, la sana convivencia, la solidaridad, la
cultura ciudadana y la resolución de conflictos de manera pacífica.
Es importante que todos
conozcamos que el código contempla 20 medidas correctivas y que tan solo una de
ellas es de carácter económico, justamente la que desde hoy empieza a aplicarse
de la siguiente manera.
- Multa Tipo 1:
$98.362. (algunos comportamientos: no recoger los excrementos de la mascota,
obstruir por cualquier medio la ciclorruta y ocupar el espacio público con
violación de las normas vigentes, entre otros).
- Multa Tipo 2: $196.724. (algunos
comportamientos: agredir, irrespetar o desafiar a la autoridad policiva,
iniciar una riña que pueda derivar en agresión física; portar armas, elementos
cortantes, punzantes o semejantes, o sustancias peligrosas, en áreas comunes o
lugares abiertos al público; trasladar caninos de raza peligrosa sin bozal,
correas y demás elementos establecidos, entre otros).
- Multa Tipo 3:
$393.449. (algunos comportamientos: consumir bebidas alcohólicas o sustancias
prohibidas en establecimientos educativos o realizar actos sexuales en espacio
público, entre otros).
- Multa Tipo 4:
$786.898. (algunos comportamientos: realizar necesidades fisiológicas en
espacio público, arrojar basuras en espacio público o hacer mal uso de las
líneas de emergencia, entre otros).
NO CREA EN MITOS. Desde
la entrada en vigencia del Código se han tejido una serie de mitos, no solo
sobre los comportamientos contrarios a la convivencia, sino en referencia a las
medidas correctivas. Aquí, algunos de ellos:
1. Van a multar a quienes no porten la cédula.
FALSO. La nueva norma establece medidas correctivas solo para aquellos que se
nieguen a entregar su número de documento y nombre completo a las autoridades,
en medio de un procedimiento. Solo basta con entregar los datos reales.
2. Los ciclistas que se
movilicen con audífonos serán multados. FALSO. Los ciclistas pueden movilizarse
con estos elementos y no tendrán que pagar multa.
3. Las autoridades
perseguirán a las personas que se besen en la calle. FALSO. El artículo 33
señala: “No constituyen actos sexuales o de exhibicionismo los besos o caricias
de las personas, sin importar su género, color de piel, orientación sexual o
identidad de género, manifiesten expresiones de cariño, en ejercicio de su
derecho al libre desarrollo de la personalidad”.
4. El kit de emergencia
debe llevarse en la parte delantera del vehículo. FALSO. Por seguridad, los
conductores deben transportar el kit de emergencia en el baúl de los
automotores.
5. Las empresas que
pidan prueba de embarazo para el ingreso de mujeres serán multadas. FALSO. Cada
empresa tiene derecho a establecer normas laborales de ingresos.
6. Está prohibido
lactar a un bebé en lugares públicos. FALSO. Este es un acto maternal y
natural.
7. La Policía les
quitará la mercancía a los vendedores ambulantes. FALSO. Los vendedores
ambulantes serán reubicados de acuerdo a las alternativas que les brinden las
autoridades locales.
La Policía Nacional
invita a todos los colombianos a seguir aplicando este Código que, tal como
quedó demostrado en sus primeros seis meses de vigencia, es preventivo y, como
lo indica su lema, es fundamental ‘Para Vivir en Paz’.