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miércoles, 24 de febrero de 2016

CORTE CONSTITUCIONAL EXCLUYE A PRIMARIA Y PREESCOLAR DE CÁTEDRA SEXUAL OBLIGATORIA


Los magistrados de la sala plena de la Corte Constitucional dejaron en firme el artículo que contempla la inclusión de la cátedra de sexualidad en las universidades y bachillerato en Colombia.
Con esta decisión la Corte Constitucional con ponencia del magistrado Jorge Pretelt excluyó de esta cátedra a los estudiantes de primaria y preescolar como lo había señalado el concepto de la Procuraduría que advertía que con esta directriz se abriría la puerta a la curiosidad de los menores en edades tempranas.
Según el concepto emitido por el procurador Alejandro Ordóñez, este tema “podría generar, en cambio, consecuencias indeseables, como la curiosidad hacia conductas sexuales que aceleren de manera inconveniente el inicio sexual de los niños, niñas y adolescentes con el ya consabido riesgo de embarazos adolescentes y el contagio de enfermedades de transmisión sexual“.
La demanda pretendía que esta cátedra fuera suministrada a los estudiantes de todos los cursos como un mecanismo de aprendizaje integral que debe tener la educación en el país.

“Los establecimientos de educación media y superior deberán incluir en sus programas de estudio, con el propósito de coadyuvar a la prevención de las conductas de que trata la presente ley, una cátedra de educación para la sexualidad, donde se hará especial énfasis en el respeto a la dignidad y a los derechos del menor“, señala el artículo 14 de la ley 1146 de 2007 aprobada por la Corte Constitucional.

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