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En la sentencia
judicial proferida por la Superintendencia de Industria y Comercio se ordena a
la sociedad ALSACIA (integrante del Grupo Empresarial CDO), reembolsar a
sesenta y cuatro (64) propietarios de apartamentos del EDIFICIO CONTINENTAL
TOWERS de Medellín, más de $13.380 millones de pesos equivalentes al 100% del
valor global pagado por los inmuebles más la indexación correspondiente.
La Superindustria
comprobó que ALSACIA CDO fue responsable de la construcción y comercialización
de los inmuebles en el EDIFICIO CONTINENTAL TOWERS, el cual no cumple con las
normas de calidad, idoneidad, seguridad y sismo resistencia exigidas
legalmente.
La decisión del día de
hoy (22 de enero de 2015) es la segunda sentencia judicial que se profiere en
relación con los edificios del Grupo CDO y en la actualidad se tramitan ante la
Superindustria 6 litigios por hechos similares con pretensiones cercanas a
$18.000 millones de pesos.
Contra la sentencia de
primera instancia proferida por la Superindustria, se interpusieron recursos de
apelación que deberán ser resueltos por la Sala Civil del Tribunal Superior de
Bogotá.
La Delegatura para
Asuntos Jurisdiccionales de la Superintendencia de Industria y Comercio,
mediante sentencia judicial proferida el día de hoy (22 de enero de 2016),
condenó a ALSACIA CDO S.A., a devolver a sesenta y cuatro consumidores TRECE
MIL TRESCIENTOS OCHENTA Y NUEVE MILLONES SEISCIENTOS TRECE MIL OCHENTA PESOS
($13.389.613.080.oo) que representan el cien por ciento (100%) de la totalidad
del dinero pagado por sesenta y cuatro apartamentos, setenta y cuatro
parqueaderos y cincuenta y ocho cuartos útiles, ubicados en el EDIFICIO
CONTINENTAL TOWERS de Medellín, el cual fue construido con defectos de calidad,
idoneidad y seguridad que no permiten habitarlo. Esta suma deberá ser
restituida debidamente indexada.
El caso judicial
La demanda judicial fue
instaurada por sesenta y cuatro (64) consumidores que adquirieron a la sociedad
ALSACIA CDO S.A., entre los años 2010 y 2013, (64) apartamentos, setenta y
cuatro (74) parqueaderos y cincuenta y ocho (58) cuartos útiles, ubicados en el
EDIFICIO CONTINENTAL TOWERS de Medellín, por una suma global de TRECE MIL
TRESCIENTOS OCHENTA Y NUEVE MILLONES SEISCIENTOS TRECE MIL OCHENTA PESOS
($13.389.613.080.oo).
La Superindustria
comprobó durante el proceso judicial, que el EDIFICIO CONTINENTAL TOWERS, donde
se encuentran ubicados los inmuebles de los demandantes, presenta graves
defectos de calidad, idoneidad y seguridad que no permite su habitación,
situación que configura múltiples violaciones a los derechos de los
consumidores que adquirieron apartamentos, cuartos útiles y parqueaderos en la
edificación.
Para la
Superintendencia, la conducta de ALSACIA CDO S.A. al construir y comercializar
apartamentos destinados a vivienda familiar que no cumplen con las condiciones
mínimas de seguridad, constituye una violación de la mayor gravedad a las
normas sobre protección al consumidor e incluso al derecho a una vivienda digna
consagrado en la Constitución Política.
En cumplimiento de lo
dispuesto en el Estatuto del Consumidor, la Superindustria estableció que en
virtud de la obligación de garantía, ALSACIA CDO S.A., como responsable de la
construcción y comercialización de los inmuebles del EDIFICIO CONTINENTAL
TOWERS, está obligada a reembolsar a los consumidores la totalidad del dinero
pagado por los apartamentos, parqueaderos y cuartos útiles adquiridos.
Durante la actuación
judicial, la sociedad ALSACIA CDO S.A., tuvo la oportunidad de ejercer su
derecho de defensa, contestó la demanda, solicitó y aportó pruebas, asistió a
las audiencias donde se tramitó y decidió el proceso e impugnó la sentencia.
La decisión judicial
En la sentencia
judicial que decidió la controversia, la Superindustria declaró el
incumplimiento de la garantía y de las obligaciones en materia calidad,
idoneidad y seguridad previstas en el Estatuto del Consumidor, por parte de la
sociedad ALSACIA CDO S.A., y, dando cumplimiento a lo dispuesto en la Ley 1480
de 2011, la condenó a reintegrar a los consumidores demandantes el cien por
ciento (100%) del dinero pagado por los apartamentos, cuartos útiles y
parqueaderos, esto es, TRECE MIL TRESCIENTOS OCHENTA Y NUEVE MILLONES
SEISCIENTOS TRECE MIL OCHENTA PESOS ($13.389.613.080.oo), suma que deberá
pagarse debidamente indexada.
Decisión impugnada
Contra la sentencia
judicial proferida por la Superintendencia de Industria y Comercio se
interpusieron recursos de apelación, los cuales deberán ser resueltos por la
Sala Civil del Tribunal Superior del Distrito Judicial de Bogotá.