Corte
Constitucional ordena sanciones a EPS que reiteradamente niegan servicios
Usuarios de EPS tienen que hacer largas filas para ser atendidos.
Por: RCN La Radio
La Corte Constitucional ordenó a la
Superintendencia de Salud que inicie las investigaciones sancionatorias en
contra de Salud Total; EPS Sanitas; Saludcoop EPS; Nueva EPS; Salud Capital y
EPS Confamiliar que reiteradamente están negando los servicios de salud a sus
pacientes desconociendo las normas constitucionales.
El alto tribunal hizo
este llamado de atención ante las continuas irregularidades por parte de varias
Entidades Promotoras de Salud que niegan el suministro de insumos y
medicamentos a la población considerada vulnerable dentro de este sector.
"Como quiera que
se advierten posibles irregularidades en la prestación de los servicios de
salud porque a pesar de las reiteradas decisiones de esta Corporación sobre la
necesidad de cubrir la prestación de los servicios y suministro de medicamentos
e insumos en casos como los que ahora se examinan y que tienen relación
población vulnerable, las EPS continúan negándolos a personas –niños, personas
con discapacidad y adultos mayores - que por mandato constitucional deben ser
destinatarias de medidas especiales de protección", señala la sentencia
del alto tribunal.
De igual forma la Corte
Constitucional les hizo un llamado a los jueces del país para que no
desconozcan las jurisprudencias que se han realizado frente a temas similares y
la disposición de las normas constitucionales aplicadas en estos casos.
"Es necesario
llamar la atención a los jueces constitucionales de instancia para que
observen, con la disciplina y rigor que corresponde, la jurisprudencia de esta
Corporación, cuyo desconocimiento en las decisiones revisadas desconcierta y
preocupa en cuanto afecta la protección real y oportuna de los derechos de
personas, que como en los casos examinados, son vulnerables ya sea por su
condición física, mental, económica o por su edad", advierte la Corte Constitucional.
Estas EPS fueron objeto
de estudio por parte de la Corte Constitucional tras las tutelas interpuestas
por varios pacientes a quienes se les ha negado servicios que recibían como el
suministro de pañales, los cuales, a partir de esta sentencia deberán ser
entregados de forma continua al estar vulnerandos derechos fundamentales.