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miércoles, 29 de octubre de 2014

CONSEJO DE ESTADO REITERA RECONOCIMIENTO DE 'MEGAPENSIONES' A CONGRESISTAS


  RCN La Radio.
 Otra sentencia del Consejo de Estado le reconoció a siete excongresitas la mesada por encima de los topes establecidos por la Corte Constitucional, al considerar que hubo una violación al debido proceso de estas personas.
De acuerdo con la sentencia de la subsección B de la Sección Segunda del Consejo de Estado se advierte que en este caso particular el Fondo de Previsión Social del Congreso (FONPRECON), no realizó la notificación debida para disminuir las mesadas pensionales.
"Consideran que FONPRECON en el acto general mediante el cual disminuyó sus mesadas pensionales, incumplió con el deber de motivación, es decir, no exteriorizó de manera razonada y suficiente las razones de su decisión, en desconocimiento del derecho al debido proceso de las personas afectadas", señala la sentencia.
De igual forma, la ponencia del magistrado Gerardo Arenas consignaba argumentos en los que se tiene en cuenta la C-258 de la Corte Constitucional que imparte la reducción de las mesadas de estos excongresitas.
Sin embargo, el Consejo de Estado insiste en que no se desconocen las jurisprudencias realizadas por el alto tribunal, sino que se ampara el derecho al debido proceso al cual acudieron los afectados con esta decisión.
"Siguiendo el criterio jurisprudencial establecido por la Sección Segunda en casos similares al de autos, aunque la situación pensional en que se encuentran los demandantes se ha visto afectada por lo decidido en la sentencia C-258 de 2013 de la Corte Constitucional, a juicio de la Sala persiste la obligación de FONPRECON de garantizarles el derecho al debido proceso", advierte el documento del Consejo de Estado.
Los demandantes y quienes se vieron beneficiados con los excongresistas Francisco Merilo Herrera Tarantino, Jesús Antonio Vargas, Carlos Martínez Simahan, Jaime Valderrama Gil, Alberto Rojas Puyo, Norberto Morales Ballesteros, y José Augusto Trujillo Muñoz.
Asimismo, la sentencia del Consejo de Estado reitera las decisiones adoptadas en otros fallos y advierte que deben ser reconocidas estas mesadas pensionales por encima de los topes establecidos hasta tanto no haya un estudio de fondo y también el pago de lo que dejaron de percibir los accionantes por cuenta de la aplicabilidad de la sentencia de la Corte Constitucional.
"Como la mesada pensional de los actores fue reajustada disminuyendo su valor, sin garantizárseles el debido proceso, se estima que los mismos de un lado tienen derecho a que se reanude el pago de las mesadas en la forma como se venía haciendo antes del 1° de julio de 2013, y de otro, se les cancelen las sumas de dinero dejadas de pagar en virtud del referido reajuste, por lo que en la parte resolutiva de la presente decisión se incluirá una orden en contra de FONPRECON frente a los referidos asuntos", afirma la decisión del Consejo de Estado.



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