La Procuraduría General de la Nación formuló pliego de cargos
contra el señor Ómar Adolfo Figueroa Reyes, en su condición de subdirector de
Bienes de la Dirección Nacional de Estupefacientes (DNE) para las vigencias
fiscales 2006-2009, por posibles irregularidades en la vigilancia y control del
manejo de los bienes administrados por algunos depositarios.
De acuerdo con la investigación, el señor Ómar Adolfo
Figueroa habría incurrido en falta gravísima porque al parecer permitió que el
señor José Duarte Pabón (depositario de la Sociedad Colombiana de Hoteles y su
establecimiento Hotel Chinauta Resort, inmuebles y vehículos) pagara con cargo
a esta sociedad gastos de peaje y gasolina pese a existir una prohibición
expresa frente a dichos comportamientos.
Igual situación se presentó con la señora Zaira Samira Villamil (depositaria
de la Sociedad Colombiana de Hoteles y su establecimiento Hotel Chinauta
Resort, inmuebles y vehículos), quien habría pagado de igual forma gastos de
peaje, gasolina, viáticos de un viaje a Cartagena, un curso de mercadeo y venta
de servicios hoteleros y cuentas de consumo de su celular.
También habría permitido el incremento injustificado del
patrimonio de Luis Fernando Vargas (depositario de la finca La Argentina), ya
que éste pagó con cargo a la producción del bien, gastos de peaje y gasolina y
presuntamente reportó una diferencia menor de cantidades de cosecha de café
correspondiente al periodo comprendido entre octubre y diciembre de 2008,
hechos de los que habría estado enterado el señor Figueroa Reyes.
De otra parte se investiga también al exdirectivo porque al
parecer no habría revocado la designación de José Duarte Pabón y Zaira Samira
Villamil, depositarios de la Sociedad Colombiana de Hoteles y su
establecimiento Hotel Chinauta Resort, inmuebles y vehículos, así como le
designación del señor Luis Fernando Vargas depositario de la finca La
Argentina, pese a estar enterado de que éstos no constituyeron una póliza
global que garantizara el manejo de los bienes y recursos entregados a ellos en
depósito.
Advierte el Ministerio Público que el incumplimiento de éstos
depositarios daba lugar a la revocatoria de sus actos administrativos de
nombramiento y, por consiguiente, el entonces subdirector de Bienes de la DNE
habría incurrido en omisión en ejercicio de sus funciones.