Seis meses después de
que el Congreso aprobara la ley de fotomultas, el Ministerio de Transporte
definió la reglamentación con la que se tendrán que regir quienes deseen
instalar estos sistemas de fotocomparendos. Las fotomultas que ya existen
también deberán acogerse a los criterios técnicos emitidos por el Ministerio.
De no hacerlo, serán desmontadas.
Entre las cosas más
importantes está que el comparendo se caerá si se demuestra que no había
señalización, mínimo a 500 metros de distancia del dispositivo.
Se hizo oficial también
que el recaudo máximo para los concesionarios privados que manejen las
fotomultas será del 10 por ciento.
Además, un sistema de
fotomultas solo podrá funcionar con una autorización de MinTransporte, que será
entregada después de un estudio de viabilidad que la Agencia Nacional de
Seguridad Vial deberá realizar a la solicitud de instalación. Es decir, se debe
determinar que es necesaria su instalación.