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lunes, 31 de julio de 2017

NACIÓN DEBE INDEMNIZAR A JÓVENES LESIONADOS DURANTE EL SERVICIO MILITAR: CONSEJO DE ESTADO


El Consejo de Estado advirtió en un fallo que los jóvenes que prestan su servicio militar obligatorio y que han sido objeto de lesiones causadas durante su actividad son responsabilidad directa de la Nación y por lo tanto deben ser indemnizados.
El pronunciamiento lo hizo el alto tribunal al diferenciar entre los miembros del Ejército que están voluntariamente a quienes están prestando un servicio a la Nación por cuenta de la obligatoriedad militar que está estipulada en la Constitución.
Según el fallo de la Sección Tercera del Consejo de Estado, con ponencia del magistrado Danilo Rojas, no se puede eximir la responsabilidad del Estado, en este caso del Ejército Nacional, a pagar los daños causados a quienes están dentro del servicio militar obligatorio porque su integridad física es responsabilidad de la Nación.
“Lo anterior implica que las personas que prestan servicio militar obligatorio sólo están obligadas a soportar las cargas que son inherentes a éste, tales como la restricción a los derechos fundamentales de libertad y locomoción, pero no los riesgos anormales o excepcionales. En contraste, quienes prestan el servicio en forma voluntaria asumen todos aquellos riesgos que naturalmente están relacionados con el desempeño de las actividades de la milicia”, señala el fallo.
El caso conocido por RCN Radio y estudiado por el Consejo de Estado se relaciona con el de dos jóvenes que prestando el servicio militar obligatorio cumplían labores de patrullaje y fueron emboscados por miembros del ELN quienes les provocaron lesiones en su cuerpo y los dejaron con incapacidad laboral.
Ante la situación el Ejército advirtió que este hecho se dio con ocasión del Ejercicio Militar al que están sujetos quienes hacen parte de la institución y por ello no tenían responsabilidad de indemnizar más allá de brindarles los cuidados médicos que necesitan.
No obstante, para el Consejo de Estado sí existe la responsabilidad porque es el Ejército Nacional el que tiene “su obligación de reincorporar a la vida civil en las mismas condiciones en que se dio su ingreso a la institución en aras de prestar su servicio militar obligatorio”.

En el caso concreto el Consejo de Estado ordenó el pago de más de 375 millones de pesos a favor de los dos jóvenes y sus familias afectados por estos hechos.

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