VILLAVICENCIO: 56 días
después de la sanción con arresto de 4 días y multa de 10 salarios mínimos
legales vigentes mensuales contra, Carmen Sofía Motta Sepúlveda y Dolly Forero
Gracia, el Juez Segundo Penal de Circuito, Luis Efrén Blanco López, declaró
nula la actuación procesal y ordenó rehacer el trámite incidental dentro del
desacato a una Tutela.
El caso hace referencia
a la demanda de Acción de Tutela que presentó, Fredy Guillermo Rincón, contra
la ESE municipal y la Junta Directiva de la misma entidad, por no haber llevado
hasta el final el proceso de concurso de méritos para elección de gerente de la
Empresa Social del Estado del Municipio de Villavicencio.
La ESE y la Universidad
decidieron de manera bilateral dar por terminado el trámite sin que se
declarara desierto el concurso, en razón a que entró en vigencia la ley 1797 de
2016, y la resolución 680 de 2016 emanada del Departamento de la Función Pública
que faculta a alcaldes y gobernadores para elegir gerentes directamente sin
realizar convocatorias para concurso de méritos.
Sin embargo, no
tuvieron en cuenta que la misma norma establece que los concursos que
estuvieran en trámites debían seguir hasta el final y para eventos posteriores
sí aplicar la nueva ley.
No obstante, el
superior jerárquico al resolver la consulta elevada por el Juez Noveno Penal
Municipal con Función de Control de garantías, Alfonso Marín Patiño, encontró
que hubo una violación al Derecho de defensa y del debido proceso de Carmen
Sofía Motta Sepúlveda, en su condición de gerente encargada de la ESE para la
época de los hechos.
En lo que respecta a
Dolly Forero Gracia, en calidad de presidente de la junta Directiva de la ESE
municipal, manifestó el superior que la sanción impuesta se encuentra ajustada
a derecho; pero NO se confirmará.
Consideró que LO QUE SE
BUSCA ES QUE SE CUMPLA ÍNTEGRAMENTE LA ORDEN JUDICIAL SIN NECESIDAD DE IMPARTIR
SANCIONES, máxime cuando a través de las pruebas adjuntas al trámite
incidental, se verificó que está en gestión un nuevo proceso precontractual
para la celebración de un NUEVO CONTRATO PARA CONTINUAR EL CONCURSO DE MÉRITOS
y elegir gerente de la ESE.
En otras
consideraciones, el Juez ordenó requerir al Director del Centro Integral de
Asesorías y consultorías de la Universidad de Medellín, para que facilite la
contratación a fin de culminar las etapas del concurso de méritos para la
elección del gerente de la ESE municipal convocado mediante acuerdo 005 del 04
de abril de 2016.
Actualmente la
Universidad está cobrando un valor exorbitante por reanudar el proceso en
mención.
Así mismo, la orden de
expedir y compulsar copias ante la Súper Intendencia Nacional de Salud,
Fiscalía y la Procuraduría General de la Nación, para investigar al alcalde,
Wilmar Orlado Barbosa Rozo, fue reversada, por el mismo Juzgado Segundo Penal
de Circuito, dentro de las disposiciones antes mencionadas.
Como consecuencia del
cumplimiento a la orden de tutela, resultará afectada la actual gerente de la
ESE María Miriam Lema Castaño, nombrada en abril de 2016 por el alcalde para un
periodo de cuatro años.
Al ser consultada cuál
será su reacción, la funcionaria guardó silencio y dijo que por ahora está
concentrada en dar cumplimiento a la resolución judicial.