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martes, 2 de mayo de 2017

DECLARAN NULA ORDEN DE ARRESTO A DOS FUNCIONARIAS DE LA ALCALDÍA Y ORDENAN REHACER LA ACTUACIÓN INCIDENTAL.


VILLAVICENCIO: 56 días después de la sanción con arresto de 4 días y multa de 10 salarios mínimos legales vigentes mensuales contra, Carmen Sofía Motta Sepúlveda y Dolly Forero Gracia, el Juez Segundo Penal de Circuito, Luis Efrén Blanco López, declaró nula la actuación procesal y ordenó rehacer el trámite incidental dentro del desacato a una Tutela.
El caso hace referencia a la demanda de Acción de Tutela que presentó, Fredy Guillermo Rincón, contra la ESE municipal y la Junta Directiva de la misma entidad, por no haber llevado hasta el final el proceso de concurso de méritos para elección de gerente de la Empresa Social del Estado del Municipio de Villavicencio.
La ESE y la Universidad decidieron de manera bilateral dar por terminado el trámite sin que se declarara desierto el concurso, en razón a que entró en vigencia la ley 1797 de 2016, y la resolución 680 de 2016 emanada del Departamento de la Función Pública que faculta a alcaldes y gobernadores para elegir gerentes directamente sin realizar convocatorias para concurso de méritos.
Sin embargo, no tuvieron en cuenta que la misma norma establece que los concursos que estuvieran en trámites debían seguir hasta el final y para eventos posteriores sí aplicar la nueva ley.
No obstante, el superior jerárquico al resolver la consulta elevada por el Juez Noveno Penal Municipal con Función de Control de garantías, Alfonso Marín Patiño, encontró que hubo una violación al Derecho de defensa y del debido proceso de Carmen Sofía Motta Sepúlveda, en su condición de gerente encargada de la ESE para la época de los hechos.
En lo que respecta a Dolly Forero Gracia, en calidad de presidente de la junta Directiva de la ESE municipal, manifestó el superior que la sanción impuesta se encuentra ajustada a derecho; pero NO se confirmará.
Consideró que LO QUE SE BUSCA ES QUE SE CUMPLA ÍNTEGRAMENTE LA ORDEN JUDICIAL SIN NECESIDAD DE IMPARTIR SANCIONES, máxime cuando a través de las pruebas adjuntas al trámite incidental, se verificó que está en gestión un nuevo proceso precontractual para la celebración de un NUEVO CONTRATO PARA CONTINUAR EL CONCURSO DE MÉRITOS y elegir gerente de la ESE.
En otras consideraciones, el Juez ordenó requerir al Director del Centro Integral de Asesorías y consultorías de la Universidad de Medellín, para que facilite la contratación a fin de culminar las etapas del concurso de méritos para la elección del gerente de la ESE municipal convocado mediante acuerdo 005 del 04 de abril de 2016.
Actualmente la Universidad está cobrando un valor exorbitante por reanudar el proceso en mención.
Así mismo, la orden de expedir y compulsar copias ante la Súper Intendencia Nacional de Salud, Fiscalía y la Procuraduría General de la Nación, para investigar al alcalde, Wilmar Orlado Barbosa Rozo, fue reversada, por el mismo Juzgado Segundo Penal de Circuito, dentro de las disposiciones antes mencionadas.
Como consecuencia del cumplimiento a la orden de tutela, resultará afectada la actual gerente de la ESE María Miriam Lema Castaño, nombrada en abril de 2016 por el alcalde para un periodo de cuatro años.

Al ser consultada cuál será su reacción, la funcionaria guardó silencio y dijo que por ahora está concentrada en dar cumplimiento a la resolución judicial.

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