La Corte Constitucional
dejó sin efecto la norma por medio de la cual, el Gobierno Nacional buscaba
vincular en la planta de personal a insurgentes en la Unidad Nacional de
Protección.
Este miércoles, la Sala
Plena de la Corte Constitucional dejó sin efecto el decreto, 298 del 2017 que
permitía que desmovilizados de las Farc hicieran parte de la Unidad Nacional de
Protección (UNP).
Los magistrados
determinaron que la expedición del decreto debió tramitarse mediante una ley
orgánica, debido a que se trata de temas que, eventualmente, tienen que ver con
el presupuesto nacional. Es decir que, en este decreto, no se debieron haber
utilizado las facultades excepcionales que el Acto Legislativo para la Paz le
dio al presidente Juan Manuel Santos.
El proyecto buscaba que
crear 1.287 nuevos puestos de trabajo en la UNP para conformar el Sistema
Integral de Seguridad para el Ejercicio de la Política, incluido en uno de los
puntos del Acuerdo de Paz.
Básicamente, el decreto
consistía en que desmovilizados integraran los esquemas de seguridad del
movimiento político que surgiera de las Farc.
La ponencia, a cargo
del magistrado Alejandro Linares Cantillo, apoyaba el proyecto, sin embargo,
fue derrotada en Sala Plena.
En febrero de este año,
el presidente de la República, Juan Manuel Santos a través de sus facultades
extraordinarias para implementar el Acuerdo de Paz de La Habana expidió una
serie de decretos, entre ellos el de aumentar el número de empleados de la entidad,
el cual tumbó la Corte Constitucional.
La Procuraduría había
emitido un concepto favorable al considerar que, en este caso, el decreto no
incurría en ninguna prohibición impuesta al Ejecutivo para el uso de sus
facultades al considerar que era un “criterio de estricta necesidad”