La Fundación para la
libertad de prensa (Flip) tiene lista una acción judicial contra la
reglamentación del Consejo Nacional Electoral (CNE) para el cubrimiento de
prensa del plebiscito.
La tutela la
presentarán mañana ante el Tribunal Superior de Bogotá con el fin de aclarar
por qué este organismo “se atribuye competencias de vigilancia hacia los medios
de comunicación y restringe la libertad de prensa”.
“La resolución 1733 del
CNE, que regula la participación de los medios, restringe la libertad de prensa.
Este es un escenario indeseable”, señaló Pedro Vaca, director de la Flip.
Explicó que por tiempos
(el plebiscito es el 2 de octubre) la tutela tal vez no podría tener algún
efecto pronto, sin embargo dijo que confía en que la CNE haga los ajuste necesarios.
“El Consejo Nacional
Electoral no tiene facultades legales para reglamentar cómo los medios de
comunicación producen, reportan historias o noticias de interés público. En
esta resolución, contrario a otras resoluciones, la CNE se atribuye el control
de la manera como se hace el periodismo en Colombia”, sostuvo.
En ese sentido, expresó
que la CNE se convertiría el “un vigilante del pluralismo, componente que hace
parte de la diversidad de ideas y por ende de la democracia”.
“No es constitucional
la reglamentación del CNE. No es legítimo que nos digan a quién y cómo debemos
entrevistar. Pongo un ejemplo, si hay un medio de comunicación con línea
editorial de izquierda, no está obligado a hablar con el expresidente Uribe.
Eso hace parte de la diversidad de pensamientos”, expresó.
Y añadió: “una opinión
no tiene porque ser veraz e imparcial”. Vaca argumentó que es completamente
legítimo que un medio de comunicación se incline de una forma u otra.
La Flip asegura que el
artículo 12 de la reglamentación del CNE “pluralismo, equilibrio informativo e
imparcialidad” en el cubrimiento de las campañas “desconoce que la
imparcialidad, la veracidad y el pluralismo son responsabilidad intrínseca del
periodismo y del sistema de medios en razón de la Constitución y su desarrollo
jurisprudencial”.