SEMANA.
Integrantes de grupos
armados en conflicto que hayan cometido delitos de lesa humanidad o genocidio
no podrían participar en política, de prosperar la ponencia que cursa en Corte
Constitucional que, por cuenta de una demanda, revisa uno de los artículos del
denominado Marco Jurídico para la Paz.
Semana.com conoció en
su integridad las 192 páginas del documento, elaborado por la magistrada Marta
Sáchica -quien recientmente reemplazó al magistrado Alberto Rojas-, la cual
plantea que miembros de las guerrillas, grupos paramilitares o agentes del
Estado que hayan sido condenados por “delitos de lesa humanidad y genocidio
cometidos de manera sistemática” no podrán postular sus nombres a cargos de
elección popular.
Magistrada Marta Victoria Sáchica |
Este debate se originó
a raíz de una demanda interpuesta por el ex viceministro de Defensa Rafael
Guarín, quien solicitaba que se les cerrara las puertas del Congreso a
integrantes de grupos armados ilegales que hayan cometido delitos de lesa humaidad,
genocidio y narcotráfico, entre otros.
El artículo en cuestión
es el tercero del acto legislativo 01 del 2012 que señala: “No podrán ser
considerados conexos al delito político los delitos que adquieran la
connotación de crímenes de lesa humanidad y genocidio cometidos de manera
sistemática, y en consecuencia no podrán participar en política ni ser elegidos
quienes hayan sido condenados y seleccionados por estos delitos".
Uno de los grandes
cambios que presenta el proyecto de Sáchica, es la posibilidad de cerrar la
puerta a la participación en política a los integrantes de grupos guerrilleros,
paramilitares y agentes del Estado que hayan cometido este tipo de delitos, que
también son sancionados por normativas internacionales.
Dentro del documento se
hace especial referencia a la responsabilidad que tiene el Congreso de la
República al momento de realizar la ley estatutaria que regule y ponga las
normas claras para un posible escenario de participación en política. “una ley
estatutaria regulará cuáles serán los delitos considerados conexos al delito político
para efectos de la posibilidad de participar en política”.
Igualmente, recuerda
que el “el fin fundamental en todo proceso transicional es la reconciliación de
la sociedad con miras al establecimiento de una paz positiva, la cual implica
consolidar reformas estructurales en los procesos de decisión política que sean
estables e influyentes”.
Dentro de las
posibilidades que existen para que puedan participar en política los miembros
de grupos armados ilegales que se alcancen un acuerdo de paz con el gobierno,
el Estado debe garantizar “dejación de las armas, reconocimiento de
responsabilidad, la contribución al esclarecimiento de la verdad y la
reparación integral de las víctimas, la liberación de secuestrados así como la
desvincularon de menores de edad que se encontraran en poder del grupo”.
La también ponencia
indica que se tienen que resarcir los derechos de las víctimas a la verdad,
justicia y reparación. “El camino hacia la paz debe tener en cuenta la
necesidad de que las víctimas no se sientan burladas en sus derechos por parte
de los mecanismos de protección del Estado”.
Para la magistrada, el
Congreso jugará un papel vital en todo el juzgamiento de las conductas
relacionadas con delitos de lesa humanidad y que violan estándares
internacionales adoptados por Colombia. “El legislador debe tomar precauciones
para que la interacción entre los desmovilizados y las víctimas no reproduzca
las condiciones de afirmación humillante de poder que estas últimas sufrieron
en el pasado”, dice en su propuesta.