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lunes, 15 de julio de 2013

TRIBUNAL ADMINISTRATIVO DE CUNDINAMARCA PROFIERE SENTENCIA A FAVOR DEL INSTITUTO POR PRESUNTA FALLA DEL SERVICIO



En fallo de segunda instancia, proferido por  el Tribunal Administrativo de Cundinamarca con ponencia de la magistrada Corina Duque Ayala, el alto tribunal exoneró al Instituto Nacional de Medicina Legal de su responsabilidad frente  a una presunta falla en el servicio al permitir la extracción de componentes anatómicos con fines de donación, pertenecientes a una persona fallecida en el año 2011.

La sentencia proferida por el TAC, atendió los argumentos presentados por los abogados adscritos a la Oficina Jurídica del Instituto y consideró ajustados a derecho los procedimientos ejecutados por la Entidad, los cuales,  según los magistrados, fueron coherentes con lo dispuesto en la ley 73 de 1988, artículo segundo, el cual establece que: “…existe presunción legal de donación cuando una persona durante su vida se haya abstenido de ejercer el derecho que tiene a oponerse a que de su cuerpo se extraigan órganos o componentes anatómicos después de su fallecimiento, si dentro de las seis (6) horas siguientes a la ocurrencia de la muerte cerebral o antes de la iniciación de una autopsia médico-legal sus deudos no acreditan su condición de tales ni expresan su oposición en el mismo sentido”.

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Después de cinco meses de estar ausente este importante medio de comunicación en redes, y   a solicitud de muchos lectores hemos decidido ...