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lunes, 22 de julio de 2013

SUPERINDUSTRIA IMPONE MULTAS A SUPERTIENDAS Y DROGUERÍAS OLIMPICA S.A. Y PRODUCTORA TABACALERA DE COLOMBIA

 La Dirección de Investigaciones de Protección al Consumidor de la Superintendencia de Industria y Comercio (SIC), mediante Resoluciones Nos 38.487 del 27 de junio de 2013 y 42.290 del 18 de julio de 2013, sancionó, en primera instancia, a SUPERTIENDAS Y DROGUERIAS OLIMPICA S.A., con una multa de ciento cuarenta y siete millones trescientos setenta y cinco mil pesos ($147'375.000) equivalentes a doscientos cincuenta salarios mínimos mensuales legales vigentes (250 SMLMV), por infringir la Ley 1335 de 2009 (Ley Antitabaco).
La decisión se tomó luego de realizar una visita de verificación el 14 de agosto de 2012 a SUPERTIENDAS Y DROGUERIAS OLIMPICA S.A. de Popayán (Cauca), donde la SIC evidenció la ausencia de pictogramas y frases de advertencia de las cajetillas de cigarrillos correspondientes a las marcas President y Continental, infringiendo de esta forma la Ley 1335 de 2009 (Ley Antitabaco) por comercializar productos de tabaco sin frases de advertencia y pictogramas.

De igual forma, la SIC sancionó a PRODUCTORA TABACALERA DE COLOMBIA S.A. (PROTABACO) en su condición de fabricante, por no haber incorporado en dichas cajetillas los pictogramas y frases de advertencia. Por esta razón y mediante las mismas Resoluciones, la SIC impuso idéntica sanción, es decir, multa de ciento cuarenta y siete millones trescientos setenta y cinco mil pesos ($147'375.000) equivalentes a doscientos cincuenta salarios mínimos mensuales legales vigentes (250 SMLMV).

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