El
Gobierno nacional expidió un nuevo decreto con nuevas medidas para garantizar
el orden público durante las elecciones regionales que se llevarán a cabo este
domingo 27 de octubre.
Una
de las disposiciones más importantes tiene que ver con la declaratoria de 'ley
seca', que prohíbe la venta y consumo de licor horas antes, durante y después
de los comicios.
La
medida deberá ser aplicada por las autoridades locales de todo el país desde el
sábado 26 de octubre a las 6:00 de la tarde hasta el lunes 28 de octubre a las
6:00 de la mañana.
“Los
alcaldes deberán prohibir y restringir la venta y consumo de bebidas
embriagantes, con el fin de mantener o restablecer el orden público, desde las
seis de la tarde (6:00 p.m.) del día sábado 26 de octubre de 2019 hasta las
seis de la mañana (6:00 a.m.) del día lunes 28 de octubre de 2019, de
conformidad con lo dispuesto en el articulo 206 del Código Electoral”, señala el
decreto.
El
Gobierno advierte que habría sanciones para las personas y establecimientos que
violen esta norma establecida para el normal desarrollo del proceso electoral.
“Las
infracciones a lo dispuesto en este artículo, serán objeto de medidas
correctivas por los alcaldes e inspectores de policía y comandantes de
estación, subestación o centro de atención inmediata de la Policía Nacional, de
acuerdo con lo previsto en el Código Nacional de Policía y Convivencia”, añade.
El
decreto también le otorga facultades a los mandatarios regionales para
establecer toque de queda en algunas regiones del país, dependiendo de las
condiciones de orden público de las mismas.
Se
plantea además garantías de transporte para que los ciudadanos puedan
desplazarse a los sitios de votación. “Los sistemas masivos de transporte y las
empresas de transporte público que tengan rutas y frecuencias u horarios
autorizados en las áreas urbanas, veredales e intermunicipales, están obligadas
a prestar servicio público de transporte con mínimo el ochenta por ciento (80%)
de su parque automotor en el día de elecciones durante las horas de votación”,
indica.
De
igual manera, se prohíbe el uso de celulares y cámaras en los puestos de
votación, elementos que no podrán ser utilizados durante la jornada que va
desde las 8:00 de la mañana hasta las 4:00 de la tarde.
El
Gobierno también le da un mandato a los alcaldes y gobernadores para regular el
la publicidad y la propaganda en espacios públicos aledaños o cercanos a los
puestos de votación, conforme a lo ya establecido en esta materia por parte del
Consejo Nacional Electoral.
Finalmente,
la norma define muy bien las restricciones que tienen los medios de
comunicación el día de las elecciones, en cuanto a la realización de
entrevistas a los candidatos, divulgación de encuestas y emisión de noticias
relacionadas con posibles alteraciones de orden público.