Luego de una revisión
hecha por la Superintendencia Financiera a las condiciones técnicas y
financieras de la operación del seguro de daños corporales causados a personas
en accidentes de tránsito (SOAT), determinó que la tarifa que se viene
manejando es suficiente.
Sin embargo, dado que
la prima comercial del SOAT está indexada o atada al Salario Mínimo Mensual
Legal Vigente, sí hay modificaciones en su precio.
motos:
- Las de menos de 100 cc: 357.850
- Las que tienen entre 100 y 200 cc: 480.100
- Las de más de 200 cc: 541.300
Vehiculos
- Menos de 1.500 c.c. y menos de 10 años 318.100
- Menos de 1.500 c.c. y
10 o más años 421.750
- Entre 1.500 y 2.500 c.c. y menos de 10
años 387.250
- Entre 1.500 y 2.500 c.c. 10 o más años 481.750
- Más de 2.500 c.c. y
menos de 10 años
452.350
-Más de 2.500 c.c. y 10
o más años 536.350
Camperos y camionetas:
- Menos de 1.500 c.c. y menos de 10 años 563.650
- Menos de 1.500 c.c. y 10 o más años 677.500
- Entre 1.500 y 2.500 c.c. y menos de 10
años 673.000
- Entre 1.500 y 2.500 c.c. y 10 o más
años 797.200
- Más de 2.500 c.c. y menos de 10 años 789.400
- Más de 2.500 c.c. y
10 o más años
905.650
Buses y busetas servicio urbano
942.550
Servicio público intermunicipal, menos de 10
pasajeros 932.200
Servicio público
intermunicipal, 10 o más pasajeros
1.352.500