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jueves, 29 de enero de 2015

NIEGAN TUTELA A FUNCIONARIOS DEL GUAVIARE QUE RECLAMAN PRIMA DE SERVICIOS.


San José.   La Sala Penal del Tribunal Superior de Villavicencio negó por improcedente siete Acciones de Tutela impetradas por igual número de funcionarios de la Gobernación de Guaviare pretendiendo el pago de la prima de servicios.
Los accionantes son: Luis Eduardo Cortés Borrero, Yair Gómez Monroy, Jairo de Jesús Bueno, Hernando de Jesús Restrepo Marín, Jorge Eliecer Cardona Castillo, Julio Cesar Arias Rodríguez y Herlen Herrera Rivas.
Mediante Tutela solicitaban el amparo de los derechos fundamentales a la igualdad, de petición, al trabajo en condiciones dignas y al mínimo vital, presuntamente vulnerados por el Departamento Administrativo de la Función Pública, el Ministerio de Hacienda y Crédito Público, la Gobernación de Guaviare y la Presidencia de la república.
El Tribunal consideró que hubo falta de legitimidad por activa, dado que el Derecho de petición no lo presentó ninguno de los accionantes, sino que lo hizo directamente el Gobernador, Octaviano Rivera Moncada.
A renglón seguido aclaró la Sala Penal que la Tutela no es el mecanismo idóneo para determinar si existe o no el derecho a la prima de servicios que exigen los siete tutelantes; toda vez que la competencia es de la jurisdicción Contenciosa Administrativa y además no se advierte ningún perjuicio irremediable.
Explicó que la Tutela se aplica siempre y cuando no exista otro mecanismo jurídico, o cuando se amenazan derechos fundamentales.
Contra la  decisión surten los recursos de ley para apelar en segunda instancia dentro de los términos establecidos


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