El Consejo de Estado señaló que el
desplazamiento forzado constituye un desarraigo al domicilio de la persona y
una flagrante violación de los derechos humanos, por lo que es responsabilidad
del Estado prevenirlo y combatirlo. Por tal razón, cuando el desplazamiento es
producido por los mismos agentes estatales, es doblemente reprochable.
Así lo señaló la
Sección Tercera al condenar a la Agencia Nacional de Defensa Jurídica del
Estado (ANDJE), a pagar más de 250 millones de pesos por los daños y perjuicios
ocasionados a una persona que residía en Granada (Meta) y quien debió abandonar
su población debido a las presiones a las que fue sometido por miembros del
extinto Departamento Administrativo de Seguridad (DAS).
En el proceso se
demostró que aunque la víctima recibió amenazas de personas con brazaletes de
un grupo armado ilegal, estas tenían cercanía con los representantes del DAS en
la localidad. Incluso, uno de los miembros activos del Departamento de
Seguridad de la zona reconoció ante el Personero Municipal que había allanado
la casa de manera arbitraria, sin respetar los protocolos para el registro, con
fundamento en un informe de inteligencia que señalaba que allí había armamento
de la guerrilla, situación que no se demostró.
La víctima del
desplazamiento debió salir de su casa por recomendación de la misma Personería,
luego que fuera herido por quienes se demostró eran miembros del DAS y se
desplazaban en un vehículo adscrito a la entidad. Por tal razón, él y su
familia fueron declarados víctimas del conflicto por el Departamento de Acción
Social y la Procuraduría General.
La Sala confirmó la
responsabilidad del Estado por cuanto las actuaciones de los agentes van en
contravía de los fines del Estado Social de Derecho. “Así mismo, en aras de
proteger los derechos de los aquí demandantes y reparar los daños
pluriofensivos acaecidos con ocasión del desplazamiento forzado, deben tomarse
algunas medidas de reparación no pecuniaria”, señaló la providencia.
Además, se ordenó a la
Fiscalía General de la Nación que inicie, o reabra, las investigaciones penales
contra los otros funcionarios que participaron en los hechos, solicitando que
analice si amerita priorizarse, teniendo en cuenta que se trata de una
situación en la cual se encuentra comprometida la violación de derechos
humanos.
La condena se profiere
en contra de la Agencia Nacional de Defensa Jurídica del Estado debido a que el
Decreto 4057 del 2011 definió qué entidades asumirían los procesos judiciales
en contra del extinto DAS y asignó el presente a la ANDJE.