Las autoridades realizan a
diario, y especialmente los fines de semana, operativos de control en los que
se llevan a cabo pruebas de alcoholemia.
La plenaria de la Cámara aprobó este miércoles en último
debate el proyecto que sanciona el primer grado de embriaguez con multa y
suspensión de la licencia a quien se niegue a una prueba de alcoholemia.
El promotor de la iniciativa, el senador Juan Lozano Ramírez,
presidente de La U –colectividad a la cual pertenece Eduardo Carlos Merlano
Morales– explicó que “cuando sea requerido un conductor para hacerse la prueba
de alcoholemia y se niegue se aplica una sanción que consiste en que su
licencia se puede suspender entre 5 y 10 años y además pueden proceder las
multas que en su momento se establezcan”.
Adicionalmente señaló que con este proyecto de ley se llena
un vacío que existe en el Código Nacional de Tránsito. “Suplimos el vacío y ya
avanzamos hacia una cultura de cero tolerancia en la mezcla de alcohol y
conducción”, sostuvo.
Afirmó que hoy los conductores que manejan embriagados y se
les determina grado uno de alcoholemia, “no tiene ninguna sanción, eso no
existe hoy regulado en el Código y por eso tantas personas se cogen confianza y
luego causan accidentes fatales”.
El senador Lozano hizo un llamado a los colombianos para que
cuando vayan a tomar no manejen. “El mensaje y el sentido del proyecto es muy
claro: el que va a tomar trago no puede manejar”.
Sanciones:
Entre 20 y 39 mg de etanol en la sangre - Suspensión de la
licencia de conducción entre seis y 12 meses.
Primer Grado
Entre 40 y 99 mg de etanol en la sangre - Suspensión de la
licencia de conducción entre 1 año y tres años.
Segundo Grado
Entre 100 y 149 mg de etanol en la sangre – Suspensión de la
licencia de conducción entre 3 años y 5 años.
Tercer Grado
De150 mg de etanol en adelante – Suspensión de la licencia de
conducción entre 5 años y 10 años.