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| Mauricio Chaves presidente Concejo Municipal |
Ante la procuraduría
providencial de la ciudad de Villavicencio, y por comisión que esta hiciera a
la Personería Municipal de la ciudad de Acacias, en las horas de la mañana del día
de hoy 8 de Mayo del año en curso, en las instalaciones del mismo conejo
municipal, rinde versión juramentada los
quince concejales de la ciudad de Acacias en el departamento del meta.
La diligencia se
realiza, debido a que el ciudadano ENRIQUE MOLINA, el quejoso en este caso,
denuncio ante el ente de control, la posible violación a los estatutos o al código
de régimen político municipal, en el sentido de que el Alcalde Municipal de la
ciudad de Acacias, había prorrogado las
sesiones extras realizadas en tiempo reciente, por convocatoria hecha por el
burgomaestre, supuestamente donde los corporados habrían sufragado honorarios
por la respectiva prórroga de la actividad edilicia.
Igualmente son materia
de versión libre juramentada en esta diligencia los ediles del municipio, por el motivo de que el mismo quejoso, dejara en
conocimiento de la procuraduría, sobre la aprobación de unos recursos, para la contratación
de una obra en la parte alta de la ciudad de Acacías, donde ya existían algunos
adelantos de la misma, realizadas anteriormente.
Este medio de comunicación
conoció que en ninguna parte de los estatutos o normas que regulan las
funciones de los honorables concejales, se prohíbe ni se autoriza la prórroga
de sesiones extraordinarias, por parte del Alcalde Municipal del respectivo
ente territorial que quisiera hacer uso de esta decisión. Debido que lo que no
está prohibido en ninguna norma está permitido, dependiendo de este argumento
no habría violación a norma alguna. Igualmente El Conuco conoció que los concejales
solo se les pagó los honorarios correspondientes a la sesiones extras
convocadas inicialmente.
De otra parte en el
segundo caso, es decir, de la contratación de la obra de la parte alta de la
ciudad, sin bien es cierto que ha se habían adelantado pequeñas obras en el sector,
también es cierto que faltaban obras completarías para el normal desarrollo de
las actividades de la comunidad del sector, es decir, que al parecer hubo mal interpretación
por parte del quejoso así como supuesto desconocimiento de las normas que regulan
nuestro estado social de derecho, apuntó una fuente a este medio de comunicación. Sin embargo los
entes de control en este caso la procuraduría por entremedio de la personera
municipal de la ciudad de Acacías, cumple
con sus respectivas funciones propias de
su cargo.
