En los hechos dos soldados profesionales resultaron
gravemente heridos cuando fueron atacados por un escuadrón antiguerrilla del
Ejército que los confundió con un grupo subversivo.
La Sección Tercera del Consejo de Estado condenó a la Nación,
representada en el Ministerio de Defensa y el Ejército Nacional, por las graves
heridas que sufrieron dos soldados profesionales en el marco de un combate con
otro pelotón de la Institución militar en hechos registrados el 11 de
septiembre de 1995 en zona rural del municipio de Acacias, Meta.
El alto tribunal consideró que existen pruebas documentales y
testimoniales para decretar la responsabilidad administrativa por los daños
materiales y morales (en salud) que sufrieron los dos uniformados y sus
respectivas familias luego de que se presentara “una confusión” en el
operativo.
En dicha acción los soldados James Gallo Prieto y Abel de
Armas Escobar adscritos al Batallón Héroes de Arauca se enfrentaron a otro
pelotón del Ejército Nacional después de que sus superiores incurrieran en una
equivocación y ordenaran el ataque contra lo que creían era un grupo armado
ilegal.
Tras treinta minutos de intercambio de disparos se dio la
orden de detener el fuego. Sin embargo, los dos soldados ya habían recibido
varios impactos sobre su humanidad que les ocasionaron graves heridas. El
diagnostico final: perdida de la capacidad laboral del 95.5% y el 75.91%,
respectivamente, por lo que fueron calificados como “no aptos para el
servicio”.
Las pruebas indican que De Armas Escobar recibió 5 impactos
de bala, uno en el pecho, uno en la pierna, uno en el mentón derecho, uno en el
testículo. Mientras que el soldado Gallo Prieto fue impactado con un tiro en el
brazo, una granada le voló el ojo izquierdo y tuvo esquirlas en todo el cuerpo.
En la demanda se indica que los soldados perdieron su
capacidad de libre movimiento y del goce fisiológico. “Daños y perjuicios
morales y materiales. La pérdida de actividad económica y un daño emergente por
concepto de gastos médicos, hospitalarios y honorarios del abogado (…) Eran
unas personas que tenían todas las capacidades y talentos para realizar una
vida normal”.
Después de los hechos, los uniformados dejaron de percibir el
sueldo devengado en la Institución Militar por 15 años y 11 meses.