La
custodia de los hijos de padres separados puede ser compartida de manera
permanente y solidaria, sin olvidar que su cuidado también corresponde a
quienes convivan en ellos. Así lo estableció por primera vez la Corte Suprema
de Justicia, al estudiar el caso de una pareja sobre la custodia de su hijo.
El
magistrado Aroldo Quiroz, ponente de la sentencia, argumentó que la Corte busca
empoderar a los jueces de familia para que busquen la mejor solución en los casos
cuando el menor quiera vivir con sus dos padres.
“Es
necesario que se posibilite la necesidad de que el niño pueda compartir tanto
con el papá como la mamá. Si bien es cierto en Colombia no se encuentra
regulada la custodia compartida, a través de este desarrollo judicial, lo que
queremos es establecer que de ahora en adelante los jueces puedan determinar la
posibilidad de establecerla”, señaló el ponente.
La
Corte sin embargo advierte que, para declarar la custodia compartida, ambos
padres deben demostrar que cuentan con las condiciones de habitacionalidad
necesarias y fundamentales para el menor.
En
el caso que estudió la Corte, se pudo establecer que tanto el papá como la mamá
del niño reunían las condiciones óptimas, tanto físicas como psicológicas para
el cuidado del menor al punto de que “en una de las entrevistas el menor
manifestó su deseo de que sus padres volvieran a unirse y el deseo de estar con
ambos”.
Según
explicó el magistrado ponente, el juez de familia podrá determinar el tiempo en
que el niño pueda compartir con el papá y con la mamá, “después de escuchar al
niño y revisar las pruebas, el juez puede determinar que el niño este un año
con el papá o un año con la mamá o un mes o el tiempo que se establezca
dependiente de las circunstancias del estudio”.
La
sentencia establece que en este tipo de casos, es fundamental que el menor
“tenga reconocimiento de sus antepasados con miras a desarrollar un vinculo con
ellos circunstancia que deberá prevalecer y mantenerse con independencia”.