La Sección Quinta del
Consejo de Estado dejó en firme el fallo que le ordenó al Ministerio de
Transporte regular los "vehículos de tracción animal utilizados como fines
turísticos" que pasean por el Centro Histórico de Cartagena.
En el fallo de 13 páginas,
el alto tribunal advierte que el Ministerio no ha cumplido el plazo que se le
otorgó para regular estos coches turísticos en la capital de Bolívar,
adviertiendo que se siguen presentando las graves afectaciones para los
caballos
"Ya han transcurrido
más de seis meses desde que se expidió la ley 762 de 2002, no encontrándose
algún argumento válido que justifique la tardanza en el tiempo para expedir la
referida reglamentación", precisa uno de los apartes del fallo.
El Consejo de Estado
consideró como "desproporcionada" la tardanza que se ha presentado en
este caso, puesto que cada día que pasa se sigue presentando una afectación aún
mayor para los animales.
"Toda vez que la
aludida tardanza, para la Sala resulta desproporcionada, afectando el desarrollo
de las actividades económicas, políticas y culturales de los municipios de
categoría especial y primera, los cuales hacen parte de un renglón importante
de la economía nacional, como es el turismo y por tanto con la finalidad que no
se continúe generando un impacto negativo ante la falta de regulación de los
vehículos de tracción animal con fines turísticos", precisa.
La demanda sostenía que la
ley 769 de 2002 había ordenado medidas especiales para que los encargados de
estos vehículos turísticos cumplieran una serie de normas como tener licencia
de tránsito, licencia de conducción y seguro obligatorio ante accidentes de
tránsito.
El presidente de la
Asociación de Cocheros de Cartagena, Julio Martínez sostuvo que los conductores
tendrán que cumplir las normas del código nacional de tránsito y la ley de
protección animal.